Desestimada la primera querella por acoso inmobiliario

La titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Barcelona ha rechazado, prácticamente sin examinar el caso, la primera querella de acoso inmobiliario presentada en España. La magistrada no ha admitido a trámite la querella por entender que los hechos relatados no son delito y, en todo caso, no son imputables al propietario del inmueble. La querella fue presentada en noviembre de 2003 por una anciana de 75 años vecina de un inmueble situado en el distrito de Ciutat Vella. La anciana vive de alquiler en un piso de renta antigua, con un contrato que fue suscrito por su padre en 1936.

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La titular del Juzgado de Instrucción número 17 de Barcelona ha rechazado, prácticamente sin examinar el caso, la primera querella de acoso inmobiliario presentada en España. La magistrada no ha admitido a trámite la querella por entender que los hechos relatados no son delito y, en todo caso, no son imputables al propietario del inmueble. La querella fue presentada en noviembre de 2003 por una anciana de 75 años vecina de un inmueble situado en el distrito de Ciutat Vella. La anciana vive de alquiler en un piso de renta antigua, con un contrato que fue suscrito por su padre en 1936.

La relación con el propietario del edificio se desarrolló en términos correctos mientras la propiedad estuvo en manos del padre del actual arrendador, pero en los últimos tiempos, especialmente en los últimos meses, la situación se ha hecho "insostenible", según la querellante. El propietario coacciona a la anciana para que abandone su piso voluntariamente y renuncie a la indemnización a que tiene derecho por la rescisión del contrato de alquiler, asegura la querella. Para ello, el arrendador, Antonio R. R., tolera una serie de hechos pese a su obligación, como garante de la finca, de mantener el inmueble en condiciones.

'Okupas' en el terrado

El propietario no ha movido ni un dedo para expulsar a un grupo de okupas que se ha adueñado del terrado e impide a los vecinos acceder a él. Estos okupas han manipulado las cañerías y las instalaciones de eléctricas, lo que ocasiona un consumo de luz y agua que la anciana se ve obligada a pagar si no quiere que le corten los suministros. Además, roban en los pisos e intimidan a los inquilinos. Pese a las reiteradas cartas dirigidas por la querellante al propietario para que solicitara el desalojo, el arrendador no ha hecho ninguna gestión aunque es el único legitimado para ello. Según la querella, la anciana "no puede subir al terrado sola por la presencia de los okupas, no puede estar sola en la vivienda por los robos que vienen produciéndose y no puede salir sola a la calle ni siquiera de día". El edificio presenta un estado lamentable: tiene incontables grietas y está invadido por las cucarachas y las ratas, que habitan en los pisos ya desalojados, tapiados por el propietario sin antes limpiarlos.

Pese a esta argumentación, la magistrada no ha admitido a trámite la querella. En el auto, la juez argumenta que las coacciones exigen "una mecánica comisiva", esto es, que el autor lleve a cabo a una acción, y además requiere la obtención de un resultado que en este caso sería echar a la inquilina y, como no se ha conseguido, no se ha delinquido.

Tras la negativa de la juez de instancia, el abogado de la mujer, José Angel González Franco, decidió interponer recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona. El fiscal ha decidido no ejercer la acusación pública, lo que en opinión del abogado es "sorprendente". El Ayuntamiento de Barcelona no ha tomado cartas en el asunto pese a que cuenta con una oficina para combatir este fenómeno.

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