Reportaje:

Los últimos 70 días de Encarnación Rubio

La muerte de la primera maltratada que disponía de orden de protección pone de relieve la falta de coordinación judicial y policial

No bastó. La orden judicial de protección que amparaba a Encarnación Rubio como víctima de la violencia doméstica no logró evitar su muerte 70 días después de haber denunciado su situación. El pasado miércoles, su marido, Francisco Jiménez Uceda, franqueó por segunda vez la barrera de 100 metros de distancia (alejamiento) que el juzgado le había impuesto para que no agrediera a su esposa. En esta ocasión, el marido no falló. La arrolló por tres veces con su Opel Corsa verde hasta dejarla muerta.

El juzgado número 1 de Instrucción de Santa Fe había dictado la orden de protección el 28 d...

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No bastó. La orden judicial de protección que amparaba a Encarnación Rubio como víctima de la violencia doméstica no logró evitar su muerte 70 días después de haber denunciado su situación. El pasado miércoles, su marido, Francisco Jiménez Uceda, franqueó por segunda vez la barrera de 100 metros de distancia (alejamiento) que el juzgado le había impuesto para que no agrediera a su esposa. En esta ocasión, el marido no falló. La arrolló por tres veces con su Opel Corsa verde hasta dejarla muerta.

El juzgado número 1 de Instrucción de Santa Fe había dictado la orden de protección el 28 de enero, seis días después de que Encarnación denunciara ante la Guardia Civil el maltrato de su marido, enfermo de esclerosis múltiple. La juez ordenó el alejamiento del esposo a más de 100 metros de su mujer, su domicilio o su lugar de trabajo. La orden, que según la abogada de la víctima, María Luisa Aranda, era "impecable", otorgaba además a Encarnación el domicilio de ambos, le daba la guarda y custodia de su hija menor y suspendía las visitas del padre obligándole a pasar una pensión a la chica. "Encarnación salió encantada del juzgado", recuerda su letrada. "Pensaba que con esas medidas, se encontraría a salvo".

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Nueve días después, la realidad demostró que la víctima se equivocaba. El seis de febrero, la Policía Local de Cúllar-Vega, tuvo que sacar al marido del chalé que, hasta la denuncia, ambos habían compartido. Según los agentes, el presunto agresor se encontraba drogado y tumbado sobre uno de los sillones de la casa. El 12 de febrero, la juez de Santa Fe recibió la notificación policial que explicaba este incidente, según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El ocho de marzo fue la propia Encarnación la que recordó a la juez ese episodio.

Sin petición de cárcel

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículo 544 bis) faculta al juez en estos casos a enviar a la cárcel al presunto agresor mientras sigue el proceso. Pero la prisión provisional para Francisco Jiménez no llegó a adoptarse a pesar de que el juzgado conocía el incumplimiento de la orden por dos fuentes: la víctima y la policía. Según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la juez no podía decretar la prisión por iniciativa propia. "Sólo puede acordarse a petición del fiscal o la propia víctima", matizaron.

"Mi defendida no quería ver al padre de sus hijos en la cárcel", explicó ayer la letrada María Luisa Aranda. Matizó que un abogado no puede solicitar del juez lo que su cliente no le permite pedir. "Como Encarnación no quiso recordar que su marido había entrado en la casa ante la juez, fui yo misma la que le pregunté sobre ello. Entonces lo contó. Su respuesta consta en la declaración", añadió.

La juez, que nada más conocer esos hechos abrió otra investigación sobre la vulneración del alejamiento, consideró que el informe policial que lo denunciaba no era suficiente para dictar nuevas medidas que garantizasen la seguridad de la víctima, por lo que pidió más datos a los agentes de Cúllar-Vega. Según fuentes judiciales, no recibió esa ampliación, que era el paso previo para convocar al fiscal y a la acusación particular y ver si ellos pedían la prisión provisional.

Sin embargo, según una fuente de la fiscalía que pidió no ser identificada, al conocer el peligro que corría la víctima, el juzgado podría haberlo comunicado al fiscal, con el que los jueces tienen una relación casi diaria. "Le podría haber mostrado la declaración para solicitarle de manera informal que pidiera la prisión provisional", dijo. La juez tenía la potestad de proponer una nueva comparecencia en la que el fiscal estuviera presente. "Ha fallado la comunicación entre ambos, algo vital en casos como este", añadió.

Según el fiscal jefe del TSJA, Jesús García Calderón, los jueces suelen ser reticentes a mandar a la cárcel a quienes incumplen el alejamiento ya que la pena por el quebrantamiento de la medida no es demasiado grave. Si se deniega la prisión, el fiscal puede presentar un recurso de apelación que tarda en resolverse unos cinco meses.

"En los casos en que se vulnera el alejamiento, el juez se encuentra con el problema de valorar si la peligrosidad del presunto agresor es suficiente para enviarlo a la cárcel, una medida extraordinariamente grave", señaló García Calderón. "En ese momento, su especialización en este tipo de delitos es fundamental", aseguró Calderón. Recordó que los fiscales dedicados a violencia doméstica "desarrollan un olfato especial sobre los riesgos que corre la víctima".

Sin indicios de delito

Pero jueces y fiscales no eran los únicos responsables de la seguridad de Encarnación. La víctima denunció a su agresor ante la Guardia Civil de Armilla. Además de relatar ante los agentes los insultos y amenazas que recibía, Encarnación señaló que su marido ya la había intentado atropellar, un delito castigado con varios años de cárcel. Sin embargo, los guardias que la atendieron, no dedujeron de sus declaraciones indicios de delito, por lo que iniciaron los trámites para un juicio de faltas inmediato.

Cuando a la semana siguiente se dictó la orden de protección, los agentes entendieron que bastaba vigilar la situación de la mujer durante sus rondas. Según la Dirección General de la Guardia Civil, la orden establecía que se prestara a la víctima "la protección oportuna". "Si en lugar de establecer la protección oportuna, la juez hubiera concretado que la protección debía ser inmediata y permanente, la mujer hubiera tenido un guardia al lado las 24 horas del día", aseguró un portavoz del cuerpo. Fuentes de la fiscalía aseguraron ayer que la orden de protección de Encarnación, era similar a cualquier otra.

La Policía Local de Cúllar-Vega, que también recibió la orden del juez, asegura que procuró a la víctima toda la seguridad que estaba en sus manos. "Le dijimos que trabajara en otras zonas del pueblo más cercanas al centro donde las calles son menos anchas, pero somos sólo tres agentes para una población de 6.000 habitantes", aseguró ayer uno de sus miembros.

Francisco Jiménez, que tras el atropello se entregó a la Guardia Civil y confesó su actuación, declaró ayer ante la juez que no recordaba lo ocurrido. La misma juez que decretó su alejamiento, lo mandó a prisión de forma incondicional. Encarnación es la víctima número 14 de la violencia doméstica este año. Y la primera con orden de protección.

Un furgón de la Guardia Civil traslada a Francisco Jiménez Uceda a la cárcel de Albolote, tras su paso por el juzgado.EFE

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