Indemnización a una paciente que sufrió daños tras operarse la miopía

La juez de instrucción número 52 de Madrid, María Teresa Santos, ha condenado a la doctora Pilar B. V., de la Clínica Centro del Láser de Madrid, a pagar 120.202 euros a Lorenzo M. R., que tras operarse de miopía mediante la técnica láser Lasik en el citado centro padece "daños" e "incomodidades" que no tenía con anterioridad, según la sentencia.

El fallo, que admite recurso en un plazo de cinco días, estima parcialmente la demanda interpuesta por el paciente, que pedía inicialmente 240.404 euros, y condena a la doctora al entender que "no se cumplió de modo satisfactorio" el trámite de...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La juez de instrucción número 52 de Madrid, María Teresa Santos, ha condenado a la doctora Pilar B. V., de la Clínica Centro del Láser de Madrid, a pagar 120.202 euros a Lorenzo M. R., que tras operarse de miopía mediante la técnica láser Lasik en el citado centro padece "daños" e "incomodidades" que no tenía con anterioridad, según la sentencia.

El fallo, que admite recurso en un plazo de cinco días, estima parcialmente la demanda interpuesta por el paciente, que pedía inicialmente 240.404 euros, y condena a la doctora al entender que "no se cumplió de modo satisfactorio" el trámite del "consentimiento informado". No obstante, la magistrada entiende que la doctora no cometió violación de la lex artis y señala que "no se puede afirmar que los daños sean consecuencia directa de la intervención practicada por la doctora demandada".

En cuanto al consentimiento informado, estima que "no queda acreditado (...) que al actor (que sufría miopía de alta graduación en el ojo derecho y ambliopía total en el izquierdo) se le informara de que después de la operación debía cambiar de gafas varias veces al día y de que las dioptrías no iban a disminuir en la medida en que resultó".

"En resumen, de los riesgos de la operación o intervención de láser no queda suficientemente informado el actor a fin de que su consentimiento lo fuera con conocimiento de causa bastante, infringiéndose así la lex artis ad hoc al violentarse el hecho esencial del contrato de arrendamiento de servicios médicos, no pudiendo reducir este deber médico inevitable al rango de una mera costumbre o un simple formulismo sin el contenido necesario", indica.

La Asociación El Defensor del Paciente (Adepa) manifestó ayer que esta sentencia "viene a confirmar el tremendo aumento de denuncias en torno a las intervenciones con Lasik" desde el pasado año.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En