La Cámara de Cuentas advierte descontrol en los contratos municipales

Fiscalización del empleo temporal en pueblos de hasta 100.000 habitantes

La Cámara de Cuentas de Andalucía advierte, en un informe de fiscalización correspondiente a 1999, de que la "casi totalidad" de ayuntamientos de entre 50.000 y 100.000 habitantes de la comunidad no controlan los costes relativos a la contratación de su personal temporal. Este informe indica que "la falta de una homogénea estructura en la prestación de los servicios y el hecho de que en la casi totalidad de los ayuntamientos no se controle el coste que el personal contratado temporalmente suponen, en los servicios a los que se destinan, una importante limitación".

Entre las conclusiones...

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La Cámara de Cuentas de Andalucía advierte, en un informe de fiscalización correspondiente a 1999, de que la "casi totalidad" de ayuntamientos de entre 50.000 y 100.000 habitantes de la comunidad no controlan los costes relativos a la contratación de su personal temporal. Este informe indica que "la falta de una homogénea estructura en la prestación de los servicios y el hecho de que en la casi totalidad de los ayuntamientos no se controle el coste que el personal contratado temporalmente suponen, en los servicios a los que se destinan, una importante limitación".

Entre las conclusiones del informe, el organismo fiscalizador que dirige Rafael Navas, subraya que sobre los documentos oficiales referidos al personal (Convenio Colectivo, Plantilla, Relación de Puestos de Trabajo y Oferta de Empleo Público), los ayuntamientos en general cumplen los requisitos formales, salvo en la Oferta de Empleo Público en la que sólo tres ayuntamientos (Alcalá de Guadaíra, Chiclana de la Frontera y El Ejido) la aprobaron en 1999.

Respecto a la comprobación de la existencia de crédito presupuestario para la contratación de personal laboral temporal, se han puesto de manifiesto infracciones en tres ayuntamientos (Alcalá de Guadaíra, La Línea de la Concepción y Sanlúcar de Barrameda). Sobre los contratos de personal laboral temporal en vigor en 1999, apunta que el número de personal contratado temporalmente en ese ejercicio por los ayuntamientos objeto del informe ha oscilado entre los 1.053 de Dos Hermanas y los 37 de Linares. Agrega que también en el número de contratos por persona en 1999 se observan grandes diferencias, ya que mientras que más del 92% de los contratados tuvieron un solo contrato en Chiclana de la Frontera y Motril, en San Fernando sólo lo tuvo un 31,8%, siendo en este ayuntamiento sólo diez el número máximo de contratos por persona. Los tipos de contratos utilizados más frecuentemente son los de duración determinada, de interinidad, eventual, y por obra o servicio determinado.

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