Tribuna:LA MEJORA DE LA COMPETENCIA

Adquisiciones públicas: un desafío para Europa

El autor asegura que las adquisiciones abiertas y competitivas ayudan a garantizar una mejora de los servicios públicos.

Todos los años, los organismos estatales de la Unión Europea gastan alrededor de 1.421 billones de euros, o sea, un 16% del PIB de la UE, en la adquisición de bienes y servicios y la adjudicación de obras de construcción. Es fundamental que esos organismos saquen el mejor rendimiento al dinero del contribuyente y que ese sector considerable de la economía se abra de lleno a las presiones competitivas del mercado único. Las adquisiciones públicas abiertas y competitivas pueden ayudar a garantizar una mejora de los servicios públicos, una asignación eficaz de los recursos correspondientes, contr...

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Todos los años, los organismos estatales de la Unión Europea gastan alrededor de 1.421 billones de euros, o sea, un 16% del PIB de la UE, en la adquisición de bienes y servicios y la adjudicación de obras de construcción. Es fundamental que esos organismos saquen el mejor rendimiento al dinero del contribuyente y que ese sector considerable de la economía se abra de lleno a las presiones competitivas del mercado único. Las adquisiciones públicas abiertas y competitivas pueden ayudar a garantizar una mejora de los servicios públicos, una asignación eficaz de los recursos correspondientes, contribuir a contener la corrupción y estimular el crecimiento de la economía y la creación de empleo. Ésta es precisamente la razón por la que, a partir de la década de los setenta, la UE ha estado en la vanguardia en lo que se refiere al establecimiento de normas que exigen que las adquisiciones de bienes y servicios y las adjudicaciones de obras de construcción, que probablemente atraigan el interés de proveedores de otros países de la UE, sean anunciadas en toda Europa y concedidas según objetivos estrictamente definidos.

Ha llegado la hora de consolidar, simplificar y modernizar esas normas europeas de adquisiciones, lo que está en perfecto acuerdo con la demanda de los miembros de la UE efectuada en el marco de varios consejos europeos, es decir, su mejor regulación a nivel europeo. Este miércoles el Parlamento Europeo votará las propuestas de la Comisión con sus enmiendas y acordadas por el Consejo para conseguir un mejor funcionamiento de la normativa europea en el ámbito de las prácticas de aprovisionamiento. Yo presenté esta propuesta en mayo del año 2000. La adopción rápida de este paquete simplificado de medidas es, en mi opinión, fundamental para las empresas y los contribuyentes europeos.

La propuesta de la Comisión se basa en la ley comunitaria existente sobre adquisiciones, parte de la cual data de 1971. El cuerpo de la ley expone normas detalladas según las cuales todos los contratos públicos con un valor superior a un umbral significativo (162.000 euros para bienes y servicios adquiridos por el gobierno central, 249.000 euros para los adquiridos por las autoridades locales y 6.242.000 para obras) han de anunciarse en toda la UE, estar abiertos a la totalidad de los licitadores comunitarios y ser objeto de adjudicación ateniéndose a criterios transparentes. La actual propuesta de la Comisión exige, además, una mayor claridad sobre los criterios por los que se determinan qué licitaciones son preseleccionadas y qué licitador termina haciéndose con el contrato, lo que daría a todas las empresas europeas unas posibilidades más justas de conseguir contratos públicos. Las pequeñas empresas, en concreto, estarían mejor situadas para acceder a nuevos mercados, mientras que las más grandes podrían beneficiarse de economías basadas en una producción a gran escala a través del acceso a un mercado paneuropeo en vez de a una serie de mercados nacionales.

En cuanto a la lucha contra la corrupción en este importante sector de la economía, la experiencia muestra que el simple hecho de exigir la amplia publicidad de los contratos y su adjudicación a tenor de criterios objetivos hacen que resulte mucho más difícil la concesión de contratos como recompensa por sobornos o contribuciones de carácter político. Además, la nueva propuesta refuerza las medidas contra la corrupción y el crimen al prohibir expresamente la preselección de licitadores con condenas por crimen organizado, corrupción, fraude o blanqueo de dinero. La propuesta también permitiría a compradores y proveedores servirse de procedimientos completamente informatizados, con el consiguiente ahorro añadido para los contribuyentes. Los contratos más pequeños están sujetos a reglas menos detalladas, aunque el Tribunal Europeo de Justicia haya confirmado que, bajo el principio de no discriminación que respalda el mercado único, esos contratos deban ser también objeto de una publicidad adecuada sin que se discrimine a los licitadores de otros miembros de la UE.

Hay quien se muestra crítico y defiende la conveniencia de elevar más aún los umbrales, y excluir un mayor número de contratos públicos del ámbito de la legislación europea. Yo rechazo esta tesis. Según las conclusiones preliminares de investigaciones recientes, la no aplicación de las normas comunitarias detalladas incrementa el coste de aprovisionamiento en un 20% como media. De modo que deberíamos intentar aumentar la competencia, ¡no reducirla! Sólo de esta manera saldrán beneficiados los contribuyentes. Otros afirman estar preocupados por la calidad de los servicios. Pero no hay nada en la propuesta que diga que siempre haya que aceptar la licitación más barata. La calidad es un elemento tan importante como el precio. Todo lo que tienen que hacer los compradores es decir claramente a los licitadores qué exigencias de calidad deben satisfacerse para que puedan tenerse en cuenta las licitaciones.

Quizás resulte comprensible que algunas grandes empresas se resistan a mejorar las normas de aprovisionamiento público por temor a la competencia y a la posibilidad de perder contratos lucrativos, por lo general dentro de su propio país. Pero, ¿por qué tienen que pesar más los intereses de esas empresas que los del contribuyente, que desea conseguir el mejor producto posible al precio más barato posible? Y lo que es más, no hay nada, gracias a la ley comunitaria, que pueda impedir a una empresa que pierde un contrato en su propio país lanzarse a por muchos contratos más en otros lugares. Entre los detractores, algunos pretenden limitar el derecho de los empresarios que han conseguido grandes contratos de obras a subcontratar la parte referida al proyecto a empresas de arquitectura o de ingeniería. Quieren asegurarse de que las grandes empresas no se limitan a favorecer a sus subcontratistas habituales, reduciendo así la competencia. El objetivo no es otro que el de asegurarse que los profesionales independientes puedan tener acceso directo a los contratos públicos. Aunque comparto este objetivo, estimo que deberíamos tener cuidado a la hora de introducir cualquier prohibición general en materia de subcontratación. De hecho, creo, por una parte, que ya existe la posibilidad de un cierto margen de flexibilidad a la hora de establecer cláusulas restrictivas a la subcontratación caso por caso, y considero, por la otra, que deberíamos tener en cuenta el aumento de la utilización por los Estados de la UE de contratos "llave en mano" en las áreas de infraestructura y modernización de los sectores públicos. En ese contexto, me pregunto si una prohibición general de subcontrataciones no desanimaría a las autoridades contratantes a la hora de abrir una oferta de licitación.

Otros que también se muestran críticos temen que no vaya a resultar posible tener en cuenta los objetivos sociales y medioambientales a la hora de adjudicar los contratos. No comparto ese temor, ya que, bajo las normas propuestas, el adquirente público puede escoger libremente la calidad que desee, incluyendo aspectos medioambientales o sociales: la única cuestión crucial es que estos aspectos deban guardar relación con lo que él o ella compre, de manera que el contrato sea adjudicado a la oferta que le dé más por su dinero.

Ése fue, ciertamente, el mensaje que nos transmitió recientemente el Tribunal Europeo de Justicia, que, en una resolución de septiembre de 2002, confirmó expresamente que un organismo adquirente finlandés actuaba conforme a la ley al tener en cuenta el impacto de los autobuses en el medio ambiente a la hora de decidirse por el servicio de autobuses que ganaría el contrato. Tras más de diez años de mercado único europeo, creo que la gente da por sentado el poder ir de tiendas a comprar bienes y utilizar los servicios de otros países de la Unión Europea, aprovechándose así de una mayor oferta y de precios más reducidos. Las normas de aprovisionamiento comunitario tienen un papel fundamental que desempeñar poniendo esa misma oferta a la disposición de los organismos públicos cuando gasten el dinero del contribuyente. Mi sincero deseo es que nuestras propuestas aclaren y simplifiquen las cosas a todos aquellos que tengan un interés particular en las adquisiciones públicas, ya sea en calidad de compradores, proveedores o, lo que es de la máxima importancia, como miembros del público que pretenden asegurarse de que su dinero se gasta racionalmente. Confío en la colaboración del Parlamento Europeo en la tarea de conseguir ese ambicioso objetivo con la mayor rapidez y eficacia.

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