LOS DOS ESTATUTOS

Una renovación del lazo con España

El texto autonómico del PSC afirma que Cataluña es una nación dentro de un Estado plural

El líder del Partit dels Socialistes, Pasqual Maragall, presentó el pasado martes en el Parlament el texto estatutario que propone su formación. A continuación se reproduce un extracto del texto.

Relaciones Cataluña-España

Cataluña es una nación, que forma parte de la España plural reconocida por la Constitución y su voluntad es profundizar en el carácter plurinacional, pluricultural y plurilingüístico del Estado español. La Generalitat se relaciona con el Estado, con las otras comunidades autónomas, los entes locales y la Unión Europea de acuerdo con los principios de lea...

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El líder del Partit dels Socialistes, Pasqual Maragall, presentó el pasado martes en el Parlament el texto estatutario que propone su formación. A continuación se reproduce un extracto del texto.

Relaciones Cataluña-España

Cataluña es una nación, que forma parte de la España plural reconocida por la Constitución y su voluntad es profundizar en el carácter plurinacional, pluricultural y plurilingüístico del Estado español. La Generalitat se relaciona con el Estado, con las otras comunidades autónomas, los entes locales y la Unión Europea de acuerdo con los principios de lealtad constitucional recíproca, de colaboración y de asistencia mutua. Los ciudadanos y ciudadanas de Cataluña constatan -reconociendo el valor positivo del Estatut de 1979- la necesidad de adaptar el ejercicio del autogobierno a la evolución de las condiciones socioeconómicas, políticas tecnológicas y culturales del siglo XXI.

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Derechos y libertades

Los poderes públicos tienen que garantizar el pleno ejercicio de los ciudadanos y ciudadanas sin discriminación negativa de ningún tipo, buscando la reducción de las desigualdades sociales y los desequilibrios territoriales. La Generalitat reconoce y ampara los derechos sociales de ciudadanía que configuran el Estado de bienestar, asumiendo como propias las características fundamentales del modelo social europeo. En este sentido, la cohesión social, el progreso económico, el bienestar y la igualdad entre los ciudadanos constituyen objetivos esenciales de la acción política de la Generalitat. De acuerdo con lo que establecen las leyes, los poderes públicos de Cataluña aseguran el ejercicio de los derechos a la equidad entre los géneros, a la protección de la salud, a la educación, a la investigación y a la formación permanente, a la vivienda, al empleo estable y digno, a la autonomía de las personas mayores, a la emancipación de los jóvenes, al testamento vital, al apoyo de las personas con discapacidades, a la protección de los niños, a la erradicación de la violencia de sexo, a la libre orientación sexual, a la protección de las diversas formas de familia, a la creación cultural y al acceso al patrimonio que resulta de ella, a la calidad del medio ambiente y del paisaje, a la protección de los consumidores y usuarios, a la protección de los datos personales, al uso de las tecnologías de la información y la comunicación y a la independencia de los medios públicos de comunicación, entre otros.

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Lengua

La lengua propia de Cataluña es el catalán. El catalán y el castellano son lenguas oficiales en Cataluña. Todo el mundo tiene el derecho de usar las dos lenguas. Para que el deber ciudadano de conocer ambas lenguas pueda tener plena efectividad, la Generalitat pondrá los medios adecuados para que todo el mundo acceda a este conocimiento. La Generalitat instará iniciativas estatales para conservar y proteger el patrimonio lingüístico y cultural de España plural y para impulsar su reconocimiento en las instituciones de la UE. El Estado tiene que proteger la lengua y cultura catalanas y otros símbolos de identidad y, en la misma medida, Cataluña debe considerar al castellano y la cultura castellana como patrimonio de presente y de futuro.

Relaciones exteriores

Participación en las instituciones y organismos de la UE cuando éstos traten materias que sean de su competencia. En estas mismas materias, la Generalitat podrá comparecer ante el Tribunal de Justicia de la UE. Cataluña propondrá cambios en la legislación electoral para asegurar su representación en el Parlamento Europeo. En coordinación con el Estado, la Generalitat mantiene una representación permanente ante la Comisión Europea. También la mantiene ante otras entidades políticas cuando los intereses sociales, económicos o culturales lo aconsejen.

Cataluña es miembro del Comité de las Regiones de la UE y establece relaciones estables de coordinación con las comunidades territoriales europeas de rango constitucional y competencia legislativa. Mayores cotas de participación e intervención en asuntos europeos. La Generalitat debe ser escuchada por el Estado en la negociación de tratados y acuerdos internacionales en materias que afecten a los intereses de Cataluña. La Generalitat debe estar representada de forma permanente en las organizaciones internacionales que admiten la presencia de entidades políticas no estatales. En otros casos, lo hará participando en la representación del Estado. En particular, se garantizará la presencia en la Unesco. La Generalitat mantendrá relaciones estrechas con los países del Mediterráneo, que forman un marco natural de relaciones exteriores de Cataluña.

Financiación

La financiación de la Generalitat deberá regirse por los principios de suficiencia financiera, autonomía y responsabilidad fiscales, igualdad entre ciudadanos, equilibrio y solidaridad territoriales y coordinación entre instituciones. La Generalitat deberá disfrutar de autonomía tributaria efectiva sobre sus ingresos. Corresponde a la Generalitat una participación en los impuestos principales del sistema fiscal (IRPF, IVA, Especiales y otros) y amplias facultades normativas sobre los mismos. La Generalitat es responsable de la administración de los impuestos propios y compartidos y confía esta responsabilidad a una agencia tributaria autónoma que establecerá relaciones de cooperación con los entes responsables de la Administración de los tributos en el resto del Estado. La financiación de la Generalitat se rige por los principios de contribución al conjunto de la financiación autonómica de acuerdo con la capacidad fiscal de los ciudadanos y ciudadanas de Cataluña (fundamentalmente, la renta) y de distribución de la financiación según las necesidades de los servicios públicos (calculados fundamentalmente en función de la población) que tienen que prestarse en Cataluña. A estos efectos, se computará como contribución al Estado el exceso de precios públicos y peajes pagados por encima de la media española. La Generalitat recibirá del Estado una aportación incondicionada, cuyo importe es actualizado anualmente de forma automática y revisado periódicamente atendiendo a la evolución de las necesidades de gasto de los servicios asumidos y de cualquier nueva obligación de gasto derivada de la legislación estatal. La Generalitat tiene derecho a conseguir a medio plazo la equiparación de los ingresos disponibles por habitante en Cataluña y en las comunidades autónomas de régimen foral. La Generalitat participará en la determinación de la asignación de la inversión estatal en Cataluña y en la determinación de la compensación apropiada por los déficit acumulados de inversión pública estatal en infraestructuras en Cataluña.

Justicia

La Generalitat, en el marco de su competencia, garantiza la protección legal de los derechos individuales, mediante una Administración de Justicia rápida y próxima a los ciudadanos en el ámbito local e integrada en el sistema jurisdiccional español y europeo, con competencia plena sobre los trabajadores de la Administración de Justicia. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña resuelve en última instancia los procedimientos iniciados en Cataluña, salvo el recurso ante el Supremo de unificación de doctrina. La Generalitat participa en la formación de la voluntad política del Estado mediante su representación en el Senado y la intervención de éste en la designación de los titulares de los órganos políticos comunes del Estado, entre ellos, del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial.

Cuerpos de seguridad

Para hacer más efectiva la protección de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, corresponde a la Generalitat el mando y la coordinación de las fuerzas y cuerpos policiales en todo lo que afecta a la seguridad interna de Cataluña.

Relaciones con otras CC AA

En materias de su competencia exclusiva, la Generalitat puede celebrar acuerdos y convenios con otras entidades políticas españolas y de otros Estados. La Generalitat presta atención especial a las relaciones con Aragón, el País Valencià, las Illes, así como con Andorra y las regiones fronterizas del sur de Francia, para mantener relaciones de cooperación en materia social, cultural y económica.

Organización territorial

El territorio de Cataluña se divide en siete veguerías: Alt Pirineu y Aran, Terres de Lleida, Terres de l'Ebre, Camp de Tarragona, Catalunya central, Comarques gironines y Regió metropolitana de Barcelona. Las veguerías son comunidades territoriales y ámbitos para la descentralización y desconcentración de la Generalitat.

Otras competencias

La Generalitat participará de manera directa o indirecta en todas las decisiones públicas que afectan a los intereses de los catalanes y las catalanas. La Generalitat determinará sus políticas propias en materia de educación, equidad entre los sexos, cultura, sanidad, vivienda, empleo, migraciones, comercio, políticas sociales y de la familia, medio ambiente, universidades, deporte, investigación, turismo, cooperación y solidaridad internacional, régimen local, función pública, urbanismo, industria, tecnologías de la comunicación, agricultura, ganadería, pesca, infraestructuras, puertos y aeropuertos, relaciones laborales, transporte público, seguridad social y medios de comunicación, entre otros. Las competencias serán ejercidas por la vía de la legislación propia y de la ejecución por parte de su administración, incluida la potestad de dictar reglamentos ejecutivos y organizativos; por la vía de la legislación catalana de despliegue de las bases estatales, que se limitan a fijar por ley principios de ordenación normativa en las materias en las que la Constitución confiere al Estado la competencia básica; por la vía de la asunción -mediante las previsiones del artículo 150 de la Constitución- de aquellas competencias estatales que pueden ser ejercidas con más eficacia en la proximidad a los ciudadanos, con una reducción de la actual administración periférica estatal; por la vía de la ejecución, en el marco de sus competencias, de las normas de la UE.

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