Editorial:

Acoso y dimisión

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha impuesto al alcalde de Ponferrada, Ismael Álvarez, la pena más benigna de las previstas en el Código Penal para el delito de acoso sexual: multa de 6.480 euros, en lugar de la de arresto de 12 a 24 fines de semana. Que la pena sea benigna no ha impedido que su efecto político haya sido fulminante: la dimisión de Álvarez de sus cargos de alcalde y de procurador por el PP en las Cortes de Castilla y León.

La condena del alcalde por acoso sexual a su antigua concejal de Hacienda, Nevenka Fernández, es la primera que se produce en Españ...

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha impuesto al alcalde de Ponferrada, Ismael Álvarez, la pena más benigna de las previstas en el Código Penal para el delito de acoso sexual: multa de 6.480 euros, en lugar de la de arresto de 12 a 24 fines de semana. Que la pena sea benigna no ha impedido que su efecto político haya sido fulminante: la dimisión de Álvarez de sus cargos de alcalde y de procurador por el PP en las Cortes de Castilla y León.

La condena del alcalde por acoso sexual a su antigua concejal de Hacienda, Nevenka Fernández, es la primera que se produce en España tras la introducción de este delito en el Código Penal de 1995. Su impacto social se ha visto multiplicado por tratarse de un cargo electo que se ha valido del mismo para un objetivo sexual. Por eso, más que la gravedad de la pena, lo verdaderamente trascedente era probar que el acoso existió y que el alcalde utilizó su ascendencia jerárquica para intentar someter a su voluntad a la entonces concejal. No era fácil probarlo, y no sólo por las dificultades de acreditar el acoso sexual, un delito reciente y sin jurisprudencia. También por los factores políticos convergentes sobre el caso, que han servido para dar pábulo a interpretaciones equívocas sobre los hechos: en especial, la antigua relación política de acosador y víctima, militantes ambos del PP, y el desempeño por parte del primero de cargos públicos relevantes. Son esos factores los que se reflejaron en el por tantos conceptos bochornoso interrogatorio de Nevenka Fernández por parte del primer fiscal interviniente en el juicio.

Pero, a pesar de estas dificultades, la sentencia, con el voto en contra de uno de los tres magistrados del tribunal, considera inequívocamente probada la existencia de 'abuso de superioridad jerárquica', que provocó en Nevenka 'una situación objetiva gravemente hostil y humillante'. Con este pronunciamiento judicial era impensable la continuidad de Álvarez como alcalde. No sólo por respeto a sus conciudadanos, sino por consideración a sí mismo. ¿Cómo podría seguir ejerciendo de alcalde quien ha sido condenado por abusar de esa autoridad para obtener los favores sexuales de una concejal? En esas circunstancias, está de más el autobombo político que se ha dado el PP por la renuncia inmediata de Álvarez a sus cargos. Más bien habría que preguntarse si esa renuncia no llega un poco tarde y no debió producirse en el momento de ser imputado, de acuerdo con la estricta, aunque cada vez más incumplida, doctrina del PP sobre la exigencia de responsabilidades políticas.

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