Un pediatra y el Servasa pagarán ocho millones por una negligencia

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un médico y al Servei Valencià de Salut (Servasa) a pagar, de forma solidaria, una indemnización de ocho millones de pesetas a una niña por la actitud 'poco diligente' de su pediatra, que le recetó ocho inyecciones de un antibiótico que le afectaron al nervio ciático de la pierna derecha y a la varios músculos. La niña sufre una grave secuela, ya que se ve obligada a caminar de puntillas con el pie derecho.

El Supremo confirma parcialmente la sentencia dictada en 1996 por la Audiencia Provincial de Alicante, aunque absu...

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un médico y al Servei Valencià de Salut (Servasa) a pagar, de forma solidaria, una indemnización de ocho millones de pesetas a una niña por la actitud 'poco diligente' de su pediatra, que le recetó ocho inyecciones de un antibiótico que le afectaron al nervio ciático de la pierna derecha y a la varios músculos. La niña sufre una grave secuela, ya que se ve obligada a caminar de puntillas con el pie derecho.

El Supremo confirma parcialmente la sentencia dictada en 1996 por la Audiencia Provincial de Alicante, aunque absuelve a los dos ATS que administraron las inyecciones al entender que actuaron profesionalmente. Los hechos sucedieron en diciembre de 1988, cuando la pequeña, A.C.N, a punto de cumplir los tres años, acudió al ambulatorio de Dénia (Marina Alta) por una broncopatía. El médico le recetó ocho inyectables de un antibiótico que establecía en su prospecto que no debía administrarse por vía intravenosa a niños menores de dos años y medio. Tras administrarle el medicamento, la niña empezó a notar una importante pérdida de fuerza en la pierna derecha. La madre llevó a su hija al médico, que ordenó su ingreso en el hospital de Dénia, desde donde fue traslada al General de Alicante. Allí fue intervenida quirúrgicamente, aunque el servicio neurológico consideró que las secuelas en la pierna eran ' irreversibles'.

El médico condenado recurrió al Supremo al entender que fue un caso fortuito y que el medicamento estaba aprobado por la Dirección General de Farmacia. El alto tribunal, no obstante, estima que 'la conducta del médico debe reputarse de poco diligente' al mandar ocho inyecciones a una memor de tres años.

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