Bruselas advierte a España de que debe justificar el veto a la oferta de EDP sobre Cantábrico

Los servicios del comisario europeo de la Competencia, Mario Monti, han llegado a la conclusión de que 'la Comisión Europea tiene competencia exclusiva' para analizar la Oferta Pública de Adquisición (OPA) de acciones anunciada por la eléctrica portuguesa sobre la compañía asturiana. Las concentraciones se consideran de ámbito comunitario cuando la facturación a nivel mundial de las empresas participantes es superior a los 5.000 millones de euros (832.000 millones de pesetas) o si cada una de ellas supera los 250 millones de euros en el seno de la UE. Sólo escapan a ese ámbito las empresas afe...

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Los servicios del comisario europeo de la Competencia, Mario Monti, han llegado a la conclusión de que 'la Comisión Europea tiene competencia exclusiva' para analizar la Oferta Pública de Adquisición (OPA) de acciones anunciada por la eléctrica portuguesa sobre la compañía asturiana. Las concentraciones se consideran de ámbito comunitario cuando la facturación a nivel mundial de las empresas participantes es superior a los 5.000 millones de euros (832.000 millones de pesetas) o si cada una de ellas supera los 250 millones de euros en el seno de la UE. Sólo escapan a ese ámbito las empresas afectadas cuando dos terceras partes de su mercado se realizan dentro de un único país.

Las empresas están así obligadas a notificar la operación ante la autoridad de la Competencia de la UE en un plazo de siete días a partir de que la OPA se haya lanzado públicamente (la de EDP se lanzó el 25 de enero). El reglamento sobre el control de las operaciones de concentración establece con claridad que 'los Estados miembros se abstendrán de aplicar su legislación nacional en materia de competencia' en estas operaciones.

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Claridad en los intereses

Ello no impide que se pueda efectuar una investigación en España si se ponen en riesgo 'intereses legítimos' nacionales. Pero Bruselas recuerda a Madrid que estos 'intereses legítimos' deben ser compatibles con el derecho comunitario. El reglamento sobre concentraciones considera como intereses legítimos 'la seguridad pública, la pluralidad de los medios de comunicación y las normas prudenciales'.

'Si el Gobierno español pretende bloquear el acuerdo debe explicar con claridad las razones que le preocupan y notificar los intereses legítimos que pretende salvaguardar antes de aplicar cualquier medida en este sentido', advirtió un portavoz de la Comisión. Bruselas necesitará un mes para pronunciarse sobre la legitimidad de esas medidas que pueda adoptar el Gobierno para proteger lo que considera 'intereses legítimos'.

En paralelo, los servicios de Monti tendrán que examinar la información notificada por las empresas para determinar si la operación es compatible con el mercado común. 'Si plantea dudas decidiremos incoar un procedimiento de infracción', advirtieron sus colaboradores. La vigilancia de los servicios de la Competencia se centra especialmente en 'la generación eléctrica, el transporte de energía a alta y media tensión y el suministro a hogares y empresas para evitar que la operación cree o refuerce una posición dominante en el mercado eléctrico', según esas fuentes.

Las intervenciones del Gobierno español son conocidas en Bruselas. La más reciente es la oposición a la concentración entre la operadora holandesa de telecomunicaciones KPN con Telefónica, donde se aplicó el mismo principio y que acabó en fracaso. En el caso de KPN, el Ministerio de Economía español dejó claro que es contrario a facilitar la entrada en el mercado nacional de compañías con capital público y esgrimió la acción de oro para frenar la operación.

El comisario europeo de Mercado Interior, Frits Bolkestein, el mismo que llevó a España ante el Tribunal de la UE por la acción de oro aplicada en el caso de KPN, investiga ahora si el argumento utilizado contra EDP es contrario al principio básico de la libre circulación de capitales. 'Estamos analizando si la legislación invocada es compatible con las reglas comunitarias', dijo su portavoz. En el caso de EDP, el Gobierno español frena la operación esgrimiendo la especificidad de la disposición adicional 27 de la Ley de Acompañamiento de 2000, en la que se reserva el derecho de autorizar la entrada de empresas extranjeras con capital público en el sector energético español. Bruselas ve al Gobierno español actuando igual que lo hizo el portugués cuando se opuso a la adquisición del grupo Champalimaud por el BSCH. En aquel caso, aun cuando se modificaron las ofertas iniciales, la operación se llevó a cabo porque la Comisión demostró que Portugal actuaba en contra de la libre circulación de capitales.

La comisaria de Energía, Loyola de Palacio, intenta que los principios de la legislación española se apliquen en toda la UE. Los cambios en el sector eléctrico, sumados a la presión que ejerce De Palacio para quedarse con parte del informe de las eléctricas, están retrasando además la apertura del expediente contra España por los CTC. Monti quería llevar hoy el caso al Colegio de Comisarios, pero la decisión se ha vuelto a aplazar.

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