El Gobierno aplaza la ley de responsabilidad civil ambiental a petición de la Unión Europea

Los seguros para actividades de riesgo deben esperar hasta que Bruselas apruebe su directiva

La obligación de suscribir seguros de responsabilidad civil para cubrir daños ambientales producidos por accidentes como el de Aznalcóllar de hace dos años o el vertido de fuel al río Tajo recientemente quedará congelada hasta dentro de dos años, cuando España ocupe la presidencia europea. La ley que pretendía la regulación recibió un fuerte impulso durante la etapa de Isabel Tocino al frente de Medio Ambiente, aunque no se aprobó. El anteproyecto está listo pero la UE ha pedido a los Estados miembros que no den ningún paso hasta que se apruebe una directiva.

Dirigir una industria con a...

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La obligación de suscribir seguros de responsabilidad civil para cubrir daños ambientales producidos por accidentes como el de Aznalcóllar de hace dos años o el vertido de fuel al río Tajo recientemente quedará congelada hasta dentro de dos años, cuando España ocupe la presidencia europea. La ley que pretendía la regulación recibió un fuerte impulso durante la etapa de Isabel Tocino al frente de Medio Ambiente, aunque no se aprobó. El anteproyecto está listo pero la UE ha pedido a los Estados miembros que no den ningún paso hasta que se apruebe una directiva.

15.000 millones

Dirigir una industria con actividades que supongan algún riesgo ambiental será como conducir un coche. De la misma manera que no puede circular ningún vehículo sin un seguro que cubra como mínimo los daños a terceros, las industrias deberán suscribir también un seguro obligatorio que asuma el coste de reparar los daños producidos al medio natural a consecuencia de emisiones o vertidos producidos por accidentes. La ley que regula la responsabilidad civil ambiental estaba a punto de ser aprobada por el Gobierno, después de un último examen por parte de las Comunidades Autónomas. El anteproyecto ya había recibido los informes preceptivos de todos los órganos consultivos, pero la Comisión Europea ha pedido a los Estados miembros que paralicen todas sus iniciativas legislativas en este terreno.

Después de presentar el Libro Blanco sobre responsabilidad ambiental el pasado febrero, la Comisión ha iniciado los pasos para elaborar una directiva que regule esta cuestión de manera homogena para toda Europa. En el propio Libro Blanco, la Comisión explica por qué: "La responsabilidad medioambiental constituye un medio de aplicación de los principios del Tratado de la Unión y, en particular, del que dice 'quien contamina paga'. Si no se aplica ese principio para cubrir los gastos de reparación de daños ambientales, el medio ambiente queda sin restaurar o es el Estado, y en última instancia el contribuyente, el que tiene que costearlos".

El otro argumento a favor del seguro es menos ambiental. El Libro Blanco dice que trata de impulsar la competitividad económica en el mercado de la UE mediante un régimen comunitario de responsabilidad ambiental que sitúe a las empresas de sus Estados miembros en las mismas condiciones ante el mercado. Es preferible que los costes del seguro sean similares en todos los países de la UE a que cada uno lo regule por su cuenta, ya que se beneficiarían las empresas ubicadas en países con una normativa poco exigente.

España ha aceptado la sugerencia de la Comisión. Si se hubiera decidido a aprobar la ley, se arriesgaba a tener que modificarla después para ajustarla a la directiva. El retraso de dos años, tiempo que necesita una norma europea para su tramitación, supone que será España quien la impulse definitivamente, ya que para esas fechas ocupará la presidencia de la Unión Europea.

El anteproyecto que ha entregado el Ministerio de Medio Ambiente a las autonomías no difiere sustancialmente de los primeros borradores. Se mantienen los 15.000 millones de pesetas como límite de responsabilidad civil y excluye de su ámbito los daños nucleares, que tienen su propia regulación. Como novedad incorpora el levantamiento del velo, que es la extensión de la responsabilidad a la sociedad dominante cuando la empresa causante de los daños ambientales forme parte de un conglomerado de sociedades.El anteproyecto mantiene el derecho de las organizaciones ecologistas a exigir la reparación de los daños. Cuando las reclamaciones se presenten por distintas personas y reclamen peticiones incompatibles, los jueces deberán dar prioridad a la restauración ambiental ante cualquier otro tipo de compensación a personas.

En la memoria del anteproyecto se rechaza la propuesta del Consejo General del Poder Judicial de crear un fondo de indemnización como el que existe en EE UU. La experiencia ha demostrado allí dos efectos: una incidencia negativa en la aplicación de la prevención por parte de las empresas porque tienen cubiertas las espaldas y el hecho de que una parte de los recursos del fondo se han gastado en pagar las minutas de los abogados en lugar de costear las reparaciones ambientales.

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