El ex presidente del ICO Alejandro Pedrós irá a juicio por delito fiscal

Alejandro Pedrós, ex presidente del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y que hubo de dimitir del cargo el pasado mes de octubre al conocerse su implicación en un caso de delito fiscal, se sentará finalmente en el banquillo. A un mes y medio de formalizarse la dimisión, el Juzgado de Instrucción número 6 de Mataró (Barcelona) archivó la causa contra él por considerar que había prescrito el delito contra la Hacienda Pública del que se le acusaba. Sin embargo, la fiscalía y el abogado del Estado recurrieron esa decisión ante la Audiencia de Barcelona y ahora la Sección Segunda les ha dado la razó...

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Alejandro Pedrós, ex presidente del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y que hubo de dimitir del cargo el pasado mes de octubre al conocerse su implicación en un caso de delito fiscal, se sentará finalmente en el banquillo. A un mes y medio de formalizarse la dimisión, el Juzgado de Instrucción número 6 de Mataró (Barcelona) archivó la causa contra él por considerar que había prescrito el delito contra la Hacienda Pública del que se le acusaba. Sin embargo, la fiscalía y el abogado del Estado recurrieron esa decisión ante la Audiencia de Barcelona y ahora la Sección Segunda les ha dado la razón.Por eso, el tribunal ordena al juzgado de Mataró que dicte auto de apertura de juicio oral contra Pedrós, al igual que hizo en su día contra el otro imputado, Armando Lasauca, el dueño de la firma textil Massimo Dutti. La fiscalía ha solicitado para él dos años de cárcel y 220 millones de pesetas de multa. La supuesta actividad delictiva de Pedrós se remonta a 1992, cuando actuó como asesor fiscal de Lasauca en la venta de acciones de su negocio de confección a la empresa Inditex sin declarar a Hacienda las plusvalías obtenidas. La fiscalía le considera cooperador necesario del delito fiscal y también solicitó para él dos años de prisión y 250 millones de pesetas, mientras que el abogado del Estado reclamó dos años y dos meses de cárcel y 440 millones.

La juez sustituta de Mataró que acordó el archivo del caso entendió que el delito imputado a Pedrós había prescrito al haber transcurrido los cuatro años que marca el Estatuto del Contribuyente de 1998 para liquidar las deudas a Hacienda. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona ha entendido ahora que la función de Hacienda es "recaudar los tributos y velar para que el deber de tributar se cumpla" y que "su eventual ineficacia, desidia o tardanza" no puede justificar la conducta delictiva que pueda tener un ciudadano y que, de acuerdo con el Código Penal, prescribe a los cinco años. En el caso de Pedrós, transcurrieron 4años y 11 meses entre la presunta comisión del delito y su imputación en la causa.

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