Fomento autoriza a cobrar por el servicio de contestador y 'rellamada'

El Ministerio de Fomento ha autorizado a Telefónica a cobrar por la prestación del servicio de notificación de mensajes del contestador automático y rellamada, hasta ahora gratuitos. La autorización del Gobierno para que la operadora cobre estos servicios aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 12 de febrero.A partir de marzo, Telefónica puede aplicar una tarifa máxima de 10 pesetas (más IVA) cada vez que notifique al abonado que tiene un mensaje en el contestador automático, siempre y cuando el usuario no haya renunciado a este servicio. Para mantener este servicio, el a...

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El Ministerio de Fomento ha autorizado a Telefónica a cobrar por la prestación del servicio de notificación de mensajes del contestador automático y rellamada, hasta ahora gratuitos. La autorización del Gobierno para que la operadora cobre estos servicios aparece publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 12 de febrero.A partir de marzo, Telefónica puede aplicar una tarifa máxima de 10 pesetas (más IVA) cada vez que notifique al abonado que tiene un mensaje en el contestador automático, siempre y cuando el usuario no haya renunciado a este servicio. Para mantener este servicio, el abonado también deberá pagar una cuota mensual de 100 pesetas. Además, el abonado que ahora recibe esta prestación de forma gratuita deberá pagar una cuota de alta de 1.000 pesetas.

Más información

Los contestadores automáticos gratuitos fueron instalados por Telefónica en septiembre de 1996 debido a que su red digital permite tener este servicio sin la necesidad de una contestador independiente del aparato.

La autorización de Fomento también permite a Telefónica a cobrar un máximo de 100 pesetas al mes (más IVA) si el abonado quiere utilizar la facilidad de devolución de llamada, popularmente denominada rellamada. Al igual que en el caso anterior, si el usuario quiere seguir manteniendo este servicio, deberá pagar una cuota de alta de 1.000 pesetas.

Para comenzar a cobrar por estos servicios, la operadora española está obligada a comunicar primero las tarifas que efectivamente aplicará, dentro de los máximos citados.

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