LOS PRESUPUESTOS DEL 2000

Constantes recursos contra comunidades y ayuntamientos

El Gobierno central mantiene como norma de actuación recurrir los aumentos salariales aplicados por las comunidades autónomas, diputaciones o ayuntamientos por encima de las cifras incluidas en los Presupuestos Generales para todos los empleados públicos.El año 1997 fue uno de los ejercicios en los que más acudió a ese mecanismo, después de que decidiese la congelación de los sueldos para los trabajadores de la función pública. El Consejo de Ministros decidió en marzo de ese año presentar recursos contra los presupuestos del Gobierno vasco por considerar que con la subida del 1,1% de los sala...

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El Gobierno central mantiene como norma de actuación recurrir los aumentos salariales aplicados por las comunidades autónomas, diputaciones o ayuntamientos por encima de las cifras incluidas en los Presupuestos Generales para todos los empleados públicos.El año 1997 fue uno de los ejercicios en los que más acudió a ese mecanismo, después de que decidiese la congelación de los sueldos para los trabajadores de la función pública. El Consejo de Ministros decidió en marzo de ese año presentar recursos contra los presupuestos del Gobierno vasco por considerar que con la subida del 1,1% de los salarios de sus funcionarios se había saltado la norma de congelación salarial, y lo mismo hizo con las cuentas de la comunidades autónomas de Asturias y Navarra.

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Con los ayuntamientos actuó en el mismo sentido, e interpuso recursos contencioso-administrativos contra 17 gobiernos municipales.

El criterio del Ejecutivo es impugnar cualquier tipo de acuerdo al que lleguen esas administraciones con sus empleados porque entiende que la ley general presupuestaria es la que prevalece.

Para esas actuaciones se atiene a la doctrina del Tribunal Constitucional, y a sentencias como la de octubre del año 1996 en la que el alto tribunal considera ilegal que las comunidades autónomas excedan el límite máximo en las retribuciones de los empleados públicos fijadas en los Presupuestos del Estado.

El fallo del Constitucional establece que las comunidades no pueden rebasar en sus presupuestos regionales esos topes, y declaró inconstitucionales los apartados de los presupuestos que, en ese caso, afectaban a Galicia.

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Ante las subidas por encima del tope, el alto tribunal consideraba que suponía desconocer los límites de la autonomía financiera de las comunidades autónomas y vulnerar la competencia del Estado para la planificación y coordinación general de la actividad económica. Asimismo el fallo establece que esas decisiones implican "la quiebra del orden constitucional de competencias" y contraviene el criterio fijado para el personal de las diferentes administraciones.

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