EL 'CASO PINOCHET'

Dos penalistas españoles dicen que España no tiene jurisdicción

La defensa de Pinochet presentó en el juicio de extradición los testimonios de dos "expertos independientes", los abogados Alfonso Serrano y Javier Iglesias Redondo. Ambos presentaron dos declaraciones juradas realizadas en Madrid, pero estas no han sido autentificadas como exige la legislación británica. Tampoco acudirán a Londres para ratificar sus informes en el juicio, como se suele hacer.Serrano ha sido policía y es desde hace años profesor de Derecho Penal en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, desde la época en que el titular de la cátedra era José María Stampa Braun, quie...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La defensa de Pinochet presentó en el juicio de extradición los testimonios de dos "expertos independientes", los abogados Alfonso Serrano y Javier Iglesias Redondo. Ambos presentaron dos declaraciones juradas realizadas en Madrid, pero estas no han sido autentificadas como exige la legislación británica. Tampoco acudirán a Londres para ratificar sus informes en el juicio, como se suele hacer.Serrano ha sido policía y es desde hace años profesor de Derecho Penal en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, desde la época en que el titular de la cátedra era José María Stampa Braun, quien ahora, desde mediados de julio, actúa junto con Fernando Escardó Gandarillas -ambos presentes en el juicio de Londres- como letrados de Pinochet en España. Iglesias Redondo es miembro del bufete Hernández Marqués Asociados de Madrid y da clases de derecho penal en el CEU. Hernández Marqués es abogado defensor de uno de los acusados en el caso Banesto y ha sido durante largos años secretario del consejo de administración de la aseguradora La Unión y el Fénix.

Más información

El informe de Serrano lleva fecha del 8 de septiembre de 1999. El abogado Alun Jones se sorprendió ayer en el juicio ya que el documento fue entregado la noche del lunes, sin autentificar, cuando había tiempo suficiente para ello. El dictamen emitido por Iglesias Redondo, en cambio, lleva fecha de "septiembre de 1999". Ambos informes coinciden en negar la jurisdicción española para los delitos de tortura, según la Convención contra la Tortura de Naciones Unidas, al no haber, tras el fallo de los lores del 24 de marzo, víctimas españolas. Y sostienen que para el delito de tortura no es aplicable el Código Penal de 1995.

Represión policial

Los letrados señalan, respectivamente, que Pinochet, al ser presidente de Chile, no puede ser considerado, a los efectos de tortura, como una autoridad o funcionario público que actuó como tal en los citados hechos, y deducen que no hubo una represión política sino policial. Los informes citan textos de Rodríguez Devesa y también del catedrático de derecho Penal Luis Rodríguez Ramos, que asesora a la embajada de Chile en Madrid. Rodríguez Ramos ha realizado diversos informes que fueron enviados por la representación diplomática chilena en Madrid al Ministerio de Exteriores en Santiago. Los informes son anteriores, pues, a la reciente resolución de la sala de lo Penal, que el pasado viernes ratificó la jurisdicción española sobre el delito de tortura al desestimar un recurso de apelación a favor de la libertad de Pinochet y de nulidad de las actuaciones presentado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

Conocer lo que pasa fuera, es entender lo que pasará dentro, no te pierdas nada.
SIGUE LEYENDO

Archivado En