La condición de senador en Chile no proporciona fuero en España

La Audiencia Nacional ha rechazado la alegación del fiscal según la cual Augusto Pinochet sería aforado en España porque ostenta la condición de senador vitalicio en Chile. El fiscal incluso pretendía que la Audiencia elevase una consulta al Tribunal Supremo sobre este asunto.Sin embargo, la Audiencia ha resuelto que "la petición ha de rechazarse de plano, por cuanto es evidente que ese aforamiento se establece tanto en la Constitución Española, en su artículo 71.3, como en el artículo 57.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para los senadores españoles". Así, interpreta que los beneficios...

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La Audiencia Nacional ha rechazado la alegación del fiscal según la cual Augusto Pinochet sería aforado en España porque ostenta la condición de senador vitalicio en Chile. El fiscal incluso pretendía que la Audiencia elevase una consulta al Tribunal Supremo sobre este asunto.Sin embargo, la Audiencia ha resuelto que "la petición ha de rechazarse de plano, por cuanto es evidente que ese aforamiento se establece tanto en la Constitución Española, en su artículo 71.3, como en el artículo 57.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para los senadores españoles". Así, interpreta que los beneficios para los senadores españoles previstos en la legislación española no son exportables a los de otros países y menos a los que tienen carácter vitalicio.

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Indefensión

La Audiencia rechaza que se haya producido indefensión del fiscal por el mero hecho de que la falta de notificaciones de determinadas resoluciones en un primer momento le hayan impedido el ejercicio de ese derecho de defensa. Una vez conocidas las resoluciones, el fiscal pudo, y de hecho así lo hizo, recurrir las que consideró contrarias a derecho.

El tribunal ha denegado también la pretensión de que se declare la nulidad de actuaciones. El fiscal argumentaba que la Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuye a los fiscales la iniciativa de los procedimientos de extradición, y que éste se efectuó sin conocimiento del fiscal.

"No puede admitirse la alegación del Ministerio Fiscal", destaca el auto dictado ayer por la Audiencia, "si lo que pretende dar a entender es que solamente el propio Ministerio Fiscal tiene la llave de la apertura de un procedimiento extradicional, a través del mecanismo de la exclusividad de la petición de la medida cautelar (la prisión preventiva) necesaria para dar efectividad al proceso" de extradición.

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El texto completo del auto de la Audiencia Nacional se encuentra en Internet en la siguiente dirección: http://www.elpais.es/p/d/temas/ pinochet/anp.htm

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