Comercio regula la venta a distancia y crea un registro de franquiciadores
La Consejería de Industria y Comercio ha elaborado un decreto por el que se regulan las condiciones de la venta a distancia y se crea, además, un registro de franquiciadores. Este decreto establece como condición para el ejercicio de este tipo de venta contar con una autorización previa, que debe conceder la Dirección General de Comercio y Consumo. Otra de las novedades introducidas en la citada ley se refiere al ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia que entre otras condiciones exige que el franquiciador se halle inscrito en un registro público que depende del Ministeri...
La Consejería de Industria y Comercio ha elaborado un decreto por el que se regulan las condiciones de la venta a distancia y se crea, además, un registro de franquiciadores. Este decreto establece como condición para el ejercicio de este tipo de venta contar con una autorización previa, que debe conceder la Dirección General de Comercio y Consumo. Otra de las novedades introducidas en la citada ley se refiere al ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia que entre otras condiciones exige que el franquiciador se halle inscrito en un registro público que depende del Ministerio de Economía y Hacienda. Este registro se formalizará a partir de los datos que faciliten las comunidades autónomas, por lo que la Dirección de Comercio ultima un proyecto de orden relativa a la inscripción de franquiciadores en el Registro General de Comerciantes de la Comunidad Valenciana. La finalidad de este proyecto de orden es la de recopilar toda la documentación necesaria para conocer las características del franquiciador en cuanto a derechos de propiedad industrial o intelectual explotados, número de establecimientos propios y franquiciados e información precontractual que se facilitará a losfuturos franquiciados.
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