Las multas por vulnerar la competencia suman 5.325 millones en 10 años

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado por valor de 5.325 millones entre 1988 y 1998. La sanción mayor, 1.182 millones de pesetas, se impuso a la Federación de Industrias Lácteas (Fenil) en 1997, a repartir entre 49 empresas. A la cifra hay que añadir las multas a Telefónica y Tabacalera en 1999. La primera, la mayor impuesta a una sola empresa (580 millones), se produjo el 2 de febrero por abuso de posición dominante, y la segunda (130 millones), la semana pasada por vender por debajo de costes.

Las 98 multas impuestas por el Tribunal de Defensa de la Competencia en ...

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El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado por valor de 5.325 millones entre 1988 y 1998. La sanción mayor, 1.182 millones de pesetas, se impuso a la Federación de Industrias Lácteas (Fenil) en 1997, a repartir entre 49 empresas. A la cifra hay que añadir las multas a Telefónica y Tabacalera en 1999. La primera, la mayor impuesta a una sola empresa (580 millones), se produjo el 2 de febrero por abuso de posición dominante, y la segunda (130 millones), la semana pasada por vender por debajo de costes.

Las 98 multas impuestas por el Tribunal de Defensa de la Competencia en ese periodo han abarcado a una buena parte de los sectores económicos (ver cuadro con las más importantes) y han sido producto de resoluciones que han nacido bien de oficio por el propio tribunal o bien por denuncia de una entidad o sector que se ha sentido perjudicado por una situación que, a su juicio, era contraria a la libre competencia.El año 1998 fue, dentro del periodo analizado, el ejercicio en que se impuso un mayor número de sanciones, con un total de 16. En 1997 se produjeron 12 multas, y entre ellas, la mayor sanción impuesta de forma global a un sector. Las 49 empresas encuadradas en la Federación de Industrias Lácteas (Fenil) recibieron una sanción de 1.182 millones por acordar el precio a pagar por la leche que recogían a los ganaderos. También 12 multas se impusieron en 1996, otras siete en el año 1995, cinco en 1994, 10 en 1993, 11 en el año 1992, otras 12 en 1991, cuatro en 1990, cinco en 1989 y cuatro en 1988. La mayor multa a una sola empresa se impuso el pasado día 2 de febrero a Telefónica, por un montante de 580 millones y bajo la acusación de abuso de posición dominante y trato discriminatorio a un competidor. Según la resolución del tribunal, Telefónica discriminó a su rival British Telecom (BT). La compañía denunciante se vio perjudicada por "la aplicación de tarifas discriminatorias y precios predatorios" por el alquiler de líneas y circuitos de comunicación.

Acuerdos entre partes, abuso de posición dominante y competencia desleal son los tres apartados que sanciona el tribunal. Las multas que impone tienen un periodo de pago voluntario de mes y medio desde su publicación, y es la Agencia Tributaria la encargada de recaudarlas. Todos los sancionados tienen la posibilidad de recurrir ante la Audiencia Nacional, cuyo fallo ya no es recurrible.

El Tribunal de Defensa de la Competencia, en su actual configuración y estructura, está adscrito orgánicamente al Servicio de Defensa de la Competencia del Ministerio de Economía, pero no funcionalmente. El secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro, anunció el pasado año que Economía quería aprobar en la actual legislatura una nueva Ley de Defensa de la Competencia (la actual data de 1989) en la que se reforzarán las funciones del tribunal. Este proyecto ha estado paralizado durante meses, y de hecho, ni el Tribunal ni el Parlamento conocen ningún borrador de ley al respecto.

El Tribunal de Defensa de la Competencia, que cuenta este año con un presupuesto de 225 millones y una plantilla de 40 personas, puede emitir informes por iniciativa propia o por iniciativa del Gobierno, de las comunidades autónomas, de asociaciones patronales y de asociaciones de consumidores.

Aparte de las sanciones, el tribunal también emite informes sobre los procesos de concentración y de fusión de empresas, aunque estos informes no son vinculantes.

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