El ex ministro recuerda los votos a su favor de cuatro jueces

El defensor de José Barrionuevo, Pablo Jiménez de Parga, funda la parte central de sus alegaciones en las "circunstancias absolutamente excepcionales" de la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Marey.Según este letrado, "nunca en la historia judicial española se ha dictado una sentencia del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, aprobada por siete magistrados pero con voto particular discrepante de otros cuatro, entre ellos el presidente de la Sala".

Jiménez de Parga recuerda que las discrepancias no se refieren a aspectos secundarios de la sentencia, sino que "consi...

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El defensor de José Barrionuevo, Pablo Jiménez de Parga, funda la parte central de sus alegaciones en las "circunstancias absolutamente excepcionales" de la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Marey.Según este letrado, "nunca en la historia judicial española se ha dictado una sentencia del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, aprobada por siete magistrados pero con voto particular discrepante de otros cuatro, entre ellos el presidente de la Sala".

Jiménez de Parga recuerda que las discrepancias no se refieren a aspectos secundarios de la sentencia, sino que "consisten en una oposición radical" en la que "aprecian la violación de derechos fundamentales y se pronuncian por la libre absolución de mi representado".

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El letrado señala que la "apariencia de buen derecho", el fumus boni iuris, envuelve el presente recurso de amparo, y "es de invocación oportuna y de aplicación incuestionable". También menciona la personalidad de Barrionuevo como "ministro del Gobierno de España durante nueve años y representante de los ciudadanos de Madrid como concejal de su ayuntamiento y diputado del Congreso" y propone la suspensión de la pena de inhabilitación especial, dada la dedicación de Barrionuevo a las tareas de representación política.

Entre otros condenados del caso Marey, cuyos defensores entregaron ayer sus alegaciones al Constitucional, el ex gobernador civil de Vizcaya, Julián Sancristóbal, pidió que se tengan en cuenta los más de siete meses que estuvo en prisión preventiva. Ricardo García Damborenea alegó que el Constitucional no puede decidir basándose en si la condena es inferior a cinco años. Francisco Álvarez adujo que debido a los 15 años transcurridos desde el secuestro de Segundo Marey, su condena ha perdido la capacidad de reinserción que debe conllevar.

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