El Tribunal Europeo anula las ayudas públicas de medio billón de pesetas concedidas a Air France

La compañía de bandera Air France puede verse obligada a devolver a las arcas de la República los 20.000 millones de francos (medio billón de pesetas), que obtuvo en 1994 en concepto de ayuda pública. El Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas anuló ayer la decisión por la que la Comisión autorizó esas ayudas, imputándole insuficiencia de motivación. Bruselas considera que podrá subsanar ese defecto y sortear el grave impacto de la sentencia. En caso contrario, se avecina una grave crisis en Air France y una polémica monumental.

El caso se arrastra desde 1994, cuando e...

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La compañía de bandera Air France puede verse obligada a devolver a las arcas de la República los 20.000 millones de francos (medio billón de pesetas), que obtuvo en 1994 en concepto de ayuda pública. El Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas anuló ayer la decisión por la que la Comisión autorizó esas ayudas, imputándole insuficiencia de motivación. Bruselas considera que podrá subsanar ese defecto y sortear el grave impacto de la sentencia. En caso contrario, se avecina una grave crisis en Air France y una polémica monumental.

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El caso se arrastra desde 1994, cuando el Gobierno francés anunció que inyectaría 20.000 millones de francos para reestructurar la compañía. Tras mucha presión, la Comisión aprobó las ayudas a título excepcional, considerando que no distorsionarían la competencia. Pero para asegurarse, impuso 16 condiciones draconianas. Entre ellas, que la ayuda sólo beneficiara a la matriz y que sirviera para su reestructuración y no para expandir su flota, ni sus líneas. Las competidoras protestaron. Capitaneadas por SAS y British Airways, consideraron insuficientes esas condiciones. Y recurrieron ante Luxemburgo, presentando 14 alegaciones de fondo argumentando que la decisión de Bruselas conculcaba el Derecho comunitario.Los magistrados han dado casi toda la razón a la Comisión. Han validado las condiciones que impuso a Air France, y han rechazado 12 de las 14 alegaciones. Pero si la razón no es completa, es sinrazón, igual que una casi victoria es una derrota.

El Tribunal ha anulado el permiso de Bruselas a las ayudas por una causa aparentemente menor: que no motivó suficientemente su decisión en dos puntos:la autorización de compra de 17 aviones y el impacto de las ayudas en las líneas extraeuropeas (externas no sólo a la Unión Europea, sino también al Espacio Económico Europeo, el EEE, que incluye a Noruega e Islandia) de las compañías europeas.

Los magistrados dan un varapalo a la Comisión por no haber examinado el impacto de las ayudas "línea por línea" (las exteriores al EEE), donde Air France lanzó ofertas a bajo coste. Y pudo aprovecharse de las especiales condiciones que le ofrecía el aeropuerto parisino Charles de Gaulle como plataforma de partida de líneas de larga distancia. La portavoz del comisario de Transportes, Neil Kinnock, interpretó ayer que el defecto de motivación es sólo "un vicio de forma", lo que subrayó Air France, informa desde París Octavi Martí.

Por tanto, subsanable con una nueva decisión que amplíe los argumentos de Bruselas. Tiene dos meses para ello, aunque puede optar por recurrir la sentencia. En cualquiera de ambos casos, las partes contrarias alegarán.

El Tribunal anula, pero la manera de poner en práctica esa anulación corresponde a la Comisión Europea. La empresa tiene tres vías: subsanar, recurrir en casación, u obligar a Air France a devolver las subvenciones. Esto último la llevaría a la quiebra y a intentar repercutir contra Bruselas mediante un recurso por responsabilidad extracontractual.

El proceso se augura caliente, porque la falta de motivación puede constituir un defecto subsanable (si es por errores de expresión o presentación) o puede afectar a la sustancia del caso. Aunque una rápida lectura de los 165 folios de la sentencia parece dar pábulo a cualquiera de ambas visiones, la conclusión es bastante rotunda: los dos puntos en que la Comisión se ha equivocado "tienen una importancia fundamental en el sistema general de la decisión impugnada". Por eso la anula e impone las costas a la Comisión.

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