Las constructoras también deben responder de los fallos de seguridad de las subcontratas, según un tribunal

Si una empresa se adjudica una obra y la subcontrata con otra, la primera también es responsable de las deficiencias de seguridad que observe la segunda. Las dos, pues, son responsables del daño. Así lo establece la Audiencia de Madrid en una sentencia en la que condena a pagar nueve millones de pesetas de indemnización a la viuda de un obrero que falleció en 1989 tras caerse de un andamio durante unas obras que se ejecutaban en un polígono industrial del aeropuerto de Barajas. El andamio estaba a una altura de 25 metros, carecía de vallas y redes de protección y el obrero no tenía puesto ...

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Si una empresa se adjudica una obra y la subcontrata con otra, la primera también es responsable de las deficiencias de seguridad que observe la segunda. Las dos, pues, son responsables del daño. Así lo establece la Audiencia de Madrid en una sentencia en la que condena a pagar nueve millones de pesetas de indemnización a la viuda de un obrero que falleció en 1989 tras caerse de un andamio durante unas obras que se ejecutaban en un polígono industrial del aeropuerto de Barajas. El andamio estaba a una altura de 25 metros, carecía de vallas y redes de protección y el obrero no tenía puesto el cinturón de seguridad. Los directivos de las obras tienen la obligación legal de obligar a sus operarios a cumplir las medidas de seguridad y proporcionarles los medios necesarios para ello.En este caso, Entrecanales y Tavora, SA, era la empresa adjudicataria de la obra, pero subcontrató la obra con Montajes Metálicos. El accidente llegó primero a un juzgado de instrucción de Madrid, que terminó condenando a los encargados de las dos empresas citadas y fijando una indemnización de ocho millones de pesetas para la familia de la víctima. Esta sentencia fue recurrida ante la Audiencia de Madrid, sección penal. Este órgano, en cambio, condenó sólo a la subcontrata y absolvió a la empresa contratista, Entrecanales. La Audiencia dejó abierta la vía civil, de cara a que la familia, que pedía 16 millones de indemnización, pudiese conseguir una indemnización mayor. Finalmente, el asunto llegó, pero por la vía civil, ante otro tribunal de la Audiencia. Éste órgano establece que la responsabilidad civil en este asunto es de la contrata y de la subcontrata: "Entrecanales es responsable también del accidente que costó la vida al obrero de la empresa subcontratista". Según la Audiencia, si una empresa contrata a otra, de los daños que pueda ocasionar esta última también responde la primera. "Si eligió mal a la subcontratista, ha de responder de sus deficiencias en materia de seguridad", dice el tribunal.

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