PEROTE, CONDENADO

Un dictamen del Comité Europeo de Derechos Humanos avala la nulidad del juicio militar

El juicio contra el coronel Juan Alberto Perote podría acabar siendo anulado si prospera la doctrina contenida en un reciente dictamen del Comité Europeo de Derechos Humanos. Dicho comité, que actúa como filtro en los recursos presentados ante el Tribunal de Estrasburgo, ha dictaminado a favor del coronel Ricardo Castillo Algar, que presentó una demanda contra España alegando que dos miembros del tribunal militar que le juzgó incurrieron en "falta de imparcialidad objetiva" por haber intervenido en la resolw ción de los recursos durante la instrucción. Se trata de un caso similar al de Perote....

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El juicio contra el coronel Juan Alberto Perote podría acabar siendo anulado si prospera la doctrina contenida en un reciente dictamen del Comité Europeo de Derechos Humanos. Dicho comité, que actúa como filtro en los recursos presentados ante el Tribunal de Estrasburgo, ha dictaminado a favor del coronel Ricardo Castillo Algar, que presentó una demanda contra España alegando que dos miembros del tribunal militar que le juzgó incurrieron en "falta de imparcialidad objetiva" por haber intervenido en la resolw ción de los recursos durante la instrucción. Se trata de un caso similar al de Perote.

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El Comité Europeo de Derechos Humanos emitió en noviembre un dictamen unánime en el que admitía a trámite la demanda contra el Estado español presentada por el coronel Castillo Algar. Se trata de una decisión relevante, ya que dicho organismo actúa como un filtro muy severo, según fuentes jurídicas, para evitar la acumulación de recursos ante las instituciones europeas. En abril pasado, el comité elevó el caso al Consejo de Ministros del Consejo de Europa, que podría buscar una solución acordada entre las partes o trasladar definitivamente el asunto al Tribunal de Estrasburgo, cuyas resoluciones son vinculantes.El Tribunal Militar Central condenó al coronel Castillo Algar a tres meses y un día de prisión por un delito contra la hacienda militar, cometido cuando era responsable del Grupo de Operaciones Especiales de Granada. La sentencia fue confirmada en noviembre de 1994 por la Sala de lo Militar del Supremo y el Tribunal Constitucional no admitió a trámite su recurso.

De las causas de nulidad esgrimidas por el coronel, el Comité de Derechos Humanos ha admitido la relativa a la presunta "contaminación" de dos miembros de! tribunal que le juzgó, quienes previamente resolvieron el recurso contra su procesamiento y, en consecuencia, pudieron formarse un "prejuicio" sobre este caso e incurrir en "falta de imparcialidad objetiva".

Se trata de un problema estructural del Tribunal Militar, que está compuesto por cinco generales togados. Como los recursos son resueltos por una sala compuesta por tres jueces y los tribunales que juzgan están formados por tres de dichos jurídicos, además de dos vocales militares, es inevitable que al menos uno de los miembros del tribunal haya formado parte de la sala que entiende de los recursos.

En el caso de Perote son el presidente del tribunal, José Luis Rodríguez-Villasante, y el ponente, Diego Ramos Gancedo, quienes formaron parte de la sala que resolvió los recursos durante la instrucción. El Constitucional no admitió las alegaciones de Castillo Algar porque éste no recusó a los jueces presuntamente "contaminados", pero Perote sí ha planteado la recusación.

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