España modifica de nuevo en la UE su propuesta sobre el asilo político

España presentó ayer unas "pequeñas modificaciones" a su propuesta para limitar al máximo posible el derecho de asilo de los ciudadanos comunitarios dentro de la UE. Los cambios, con los que España "no renuncia ni en una coma a lo fundamental" de su planteamiento, han logrado que Francia, Alemania, Grecia y Austria -países que tenían dudas sobre la anterior propuesta- le hayan anunciado su apoyo, según aseguró ayer el embajador español ante la UE, Javier Elorza.La nueva propuesta española, con las modificaciones ya introducidas, será estudiada en La Haya por los 15 ministros de Exteriores el p...

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España presentó ayer unas "pequeñas modificaciones" a su propuesta para limitar al máximo posible el derecho de asilo de los ciudadanos comunitarios dentro de la UE. Los cambios, con los que España "no renuncia ni en una coma a lo fundamental" de su planteamiento, han logrado que Francia, Alemania, Grecia y Austria -países que tenían dudas sobre la anterior propuesta- le hayan anunciado su apoyo, según aseguró ayer el embajador español ante la UE, Javier Elorza.La nueva propuesta española, con las modificaciones ya introducidas, será estudiada en La Haya por los 15 ministros de Exteriores el próximo martes, cuando se tratarán los temas más delicados de la revisión del Tratado de Maastricht y se preparará la cumbre extraordinaria de jefes de Estado y de Gobierno prevista para el día 23 en la ciudad holandesa de Noordwijk. Según Elorza, el cónclave del martes será importante porque clarificará que España cuenta cada vez con mayores apoyos.

La primera propuesta modificada, acogida con reservas por los Quince, planteaba cinco excepciones al principio general de que ningún ciudadano comunitario podría solicitar asilo político en países de la UE con el nuevo tratado. Las enmiendas presentadas ayer eliminan una de las cinco excepciones y modifica "mínimamente" una segunda. La excepcion suprimida es la que dejaba en manos del Consejo de Ministros de la UE la facultad de decidir, por mayoría cualificada, si podía ser admitida la petición de asilo. La que se ha modificado es la que permitía que un Estado miembro decidiera "unilateralmente" conceder asilo durante un plazo de seis meses.

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