Hacienda decide abandonar la investigación del impuesto de sociedades de 1991, aún no prescrito

El Plan de Inspección de 1997, el primero del Gobierno del PP, ha cambiado los procedimientos. Según una comunicación del jefe de la Oficina Nacional de Inspección (ONI), las nuevas actuaciones de comprobación e investigación del impuesto de sociedades se han de centrar "preferentemente" en los ejercicios 1992 a 1995. Quedará así sin comprobar el ejercicio 1991, que aún no ha prescrito. Hasta el pasado año, la inspección comenzaba a partir del último ejercicio no prescrito. La medida ha causado malestar entre algunos inspectores fiscales consultados, que la califican de amnistía parcial. Para ...

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El Plan de Inspección de 1997, el primero del Gobierno del PP, ha cambiado los procedimientos. Según una comunicación del jefe de la Oficina Nacional de Inspección (ONI), las nuevas actuaciones de comprobación e investigación del impuesto de sociedades se han de centrar "preferentemente" en los ejercicios 1992 a 1995. Quedará así sin comprobar el ejercicio 1991, que aún no ha prescrito. Hasta el pasado año, la inspección comenzaba a partir del último ejercicio no prescrito. La medida ha causado malestar entre algunos inspectores fiscales consultados, que la califican de amnistía parcial. Para Hacienda se trata de acercar la inspección al momento en que se produce el fraude para una mayor eficacia.

La comunicación del jefe de la Oficina Nacional de Inspección (ONI), Gerardo Pérez Rodilla, nombrado por el PP, lleva fecha del pasado 3 de febrero y se dirige a los jefes de equipo . La ONI inspecciona a emempresas que facturan más de 10.000 millones de pesetas. En otras áreas de la inspección de Hacienda, donde se investigan pequeñas y medianas empresas, la misma orden se ha dado verbalmente.En ese escrito se dice textualmente que "respecto de las actuaciones que se inicien en 1997, teniendo en cuenta la entrada en vigor en 1996 del nuevo impuesto de sociedades y la necesidad de acercar las actuaciones inspectoras a ejercicios más próximos, aconsejan que, como criterio unificador de las actuaciones de comprobación, estas se centren, preferentemente, en el periodo 1992-1995 sin perjuicio de su posibié extensión a otros ejercicios no prescritos"

En la práctica, esa orden supone que el ejercicio de 1991, que se declara en el primer semestre se 1992, no será necesariamente comprobado. Ello a pesar de que los presuntos fraudes cometidos ese año no prescriben hasta finalizar el promer semestre de 1997.

En la actualidad, el plazo de prescripción es de cinco años contado a partir de la fecha en la que termina el plazo para presentar, ante Hacienda la de claración. El Estatuto del Contribuyente, que todavía no ha iniciado su tramitación parla mentaria, acorta ese plazo a cuatro años, si bien se eleva a seis anos en los casos de no presentación de declaración u ocultación de alguna actividad empresarial o profesional.

Entre los inspectores fiscales consultados la Medida se interpreta como una aministía fsical para los fraudes en el impuesto de sociedades cometidos en 1991. Supone además un cambio radical en la forma de funcionamiento que se seguía en los planes de la inspección anteriores. La comprobación partía del ejercicio más Próximo a la prescripción precisamente para evitar que ésta se produjera.

Ahora el criterio es comenzar por el ejercicio más próximo en el tiempo. En este caso, desde 1995 -declarado en -el primer semestre de 1996- hacia atrás y "preferentemente" hasta el año 1992. La comunicación del jefe de la, ONI se basa en lo dispuesto en una orden ministerial del 5 de julio de 1996,donde se establecieron las primeras medidas contra el fraude fiscal del actual Gobierno.

Se cita expresamente uno de los apartados de esa orden donde se establece la "agilización de plazos en las actuaciones en todos los órganos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria [de donde depende la ONI] y el acercamiento de las mismas al nacimiento de la obligación tributaria".

Este mandato se ejecuta a través de "la aproximación de las actuaciones administrativas de detección, rectificación y recaudación de conductas defraudatorias al momento de su realización; el acercamiento de las actuaciones de comprobación y liquidación a los periodos recientes de declaración; y la reducción de los plazos del procedimiento de inspección fiscal".

En el año 1994, últimos datos publicados, la ONI tenía blajo su responsabilidad la comprobación de 1.269 grandes empresas. La deuda descubierta por fraudes en el impuesto de sociedades alcanzó los 84.072 millones de pesetas y los 138.792 millones si se incluyen otros conceptos tributarios.

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