Los jueces se niegan a explicar la leve condena del 'caso Renteria'

La sección tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián ha negado al Gobierno vasco una explicación sobre la sentencia que condena a sólo seis años de prisión a cada uno de los tres jóvenes que quemaron a cinco ertzainas en marzo de 1995 en Rentería (Guipúzcoa). El Gobierno vasco y los cinco heridos habían pedido al tribunal una aclaración sobre la sentencia.Los tres jóvenes fueron acusados por cinco delitos de lesiones en concurso ideal con uno de atentado con uso de armas, otro de incendio y otro de lesiones con imprudencia grave.

En el auto dictado ayer por la Audiencia...

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La sección tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián ha negado al Gobierno vasco una explicación sobre la sentencia que condena a sólo seis años de prisión a cada uno de los tres jóvenes que quemaron a cinco ertzainas en marzo de 1995 en Rentería (Guipúzcoa). El Gobierno vasco y los cinco heridos habían pedido al tribunal una aclaración sobre la sentencia.Los tres jóvenes fueron acusados por cinco delitos de lesiones en concurso ideal con uno de atentado con uso de armas, otro de incendio y otro de lesiones con imprudencia grave.

En el auto dictado ayer por la Audiencia Provincial, la sala acuerda que no procede la aclaración solicitada y remite. al texto de la resolución, donde se afirma que la totalidad de los delitos debía ser sancionada "según los criterios del concurso ideal". Estos criterios suponen que, cuando una única acción produce varios delitos idénticos, se aplique la pena más grave de ellos, en este caso la de atentado, castigada con seis años de prisión.

Todas las partes implicadas en el proceso anunciaron el lunes en el Tribunal Supremo que recurrirán la sentencia. El fiscal general del Estado, Carlos Granados, afirmó ayer en Valencia que no comparte los fundamentos jurídicos del fallo y expresó su opinión de que "se han dejado de aplicar algunos artículos del Código Penal". La Fiscalía General presentará un recurso por entender que "ni los fundamentos jurídicos ni la pena corresponden a los hechos acaecidos".

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