Colegiación obligatoria única y libertad honorarios

La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos introducirá sólo algunos de los aspectos previstos en la reforma de la Ley de los Colegios Profesionales. Entre ellos, se establecerá la colegiación obligatoria única para todo el territorio español. De esta forma un abogado que, por ejemplo, esté colegiado en Barcelona y ejerza en Murcia no tendrá que colegiarse en esta provincia. La reforma de los colegios profesionales es una asignatura pendiente desde hace años. Persigue eliminar los obstáculos a la competencia e introducir cambios estructurales en la economía española que permitan rebajar la ta...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos introducirá sólo algunos de los aspectos previstos en la reforma de la Ley de los Colegios Profesionales. Entre ellos, se establecerá la colegiación obligatoria única para todo el territorio español. De esta forma un abogado que, por ejemplo, esté colegiado en Barcelona y ejerza en Murcia no tendrá que colegiarse en esta provincia. La reforma de los colegios profesionales es una asignatura pendiente desde hace años. Persigue eliminar los obstáculos a la competencia e introducir cambios estructurales en la economía española que permitan rebajar la tasa de inflación.Los colegios tendrán que someterse a las leyes de la competencia; es decir, no podrán acordar honorarios. La Administración establecerá unos honorarios máximos en los servicios que contrate con los profesionales. Ahora los colegios establecen tarifas mínimas (abogados) o fijas (arquitectos). No abordarán aspectos como eximir a los funcionarios de la colegiación obligatoria o someter a los colegios a la Ley General de la Publicidad.

Más información

Archivado En