Más de tres años de actuaciones judiciales

Las actuaciones judiciales encaminadas a subsanar la casi inexistente investigación realizada tras la muerte de Enrique Ruano, el 20 de enero de 1969, han tenido, a lo largo de tres años, como momentos más importantes, los siguientes:

-20-1-89. La familia Ruano Casanova pide que se reabra el caso.



-29-6-89.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ordena a la juez de instrucción Cristina Cadena que investigue el caso, desatendiendo la apelación del fiscal y la juez.



-Noviembre 90.
En diferentes momentos, declaran ante el ...

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Las actuaciones judiciales encaminadas a subsanar la casi inexistente investigación realizada tras la muerte de Enrique Ruano, el 20 de enero de 1969, han tenido, a lo largo de tres años, como momentos más importantes, los siguientes:

-20-1-89. La familia Ruano Casanova pide que se reabra el caso.

-29-6-89. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid ordena a la juez de instrucción Cristina Cadena que investigue el caso, desatendiendo la apelación del fiscal y la juez.

-Noviembre 90. En diferentes momentos, declaran ante el nuevo titular del juzgado de instrucción número 5 de Madrid, José Alberto Gallego Laguna, los policías relacionados con el caso comisarios Francisco Luis Colino Hernán, Jesús Simón Cristóbal y Celso Galván Abascal.

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Más información

-19-12-90. Reconstrucción de los hechos en el piso séptimo del número 60 de la madrileña calle Príncipe de Vergara -General Mola en 1969-, en uno de cuyos patios interiores fue hallado el cadáver de Ruano.

-28-1-91. Exhumación del cadáver para una segunda autopsia.

-12-7-91. El juez Gallego Laguna declara concluido el sumar4o sin procesamiento, por falta de suficientes indicios de criminalidad.

1 -7-5-92. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid acuerda el archivo de las actuaciones por prescripción del delito.

-10-5-92. Recurso de súplica del letrado de la acusación particular, pidiendo que la sala entre en el fondo y se trasladen las actuaciones a la defensa de los policías.

-1-7-92. La sala traslada el caso a las defensas y deniega el secreto de las actuaciones solicitado por la familia.

-Pendiente. Decisión inminente de la sala sobre si se procesa a los policías y se abre juicio oral contra ellos o se archiva el caso.

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