COMUNICACIÓN

El Gobierno ultima la asignación de cinco canales de televisión para el satélite 'Hispasat'

El Gobierno otorgará el próximo año cinco nuevos canales de televisión correspondientes al satélite Hispasat, dos para el sector público y tres para los actuales concesionarios de cadenas privadas. Esta es una de las novedades del borrador para regular la televisión por cable y por satélite, redactado por la ponencia que estudia las nuevas modalidades de televisión, y que ha sido entregado al Gobierno. El Ejecutivo, según fuentes de la Administración, remitirá el texto a las Cortes este mes.

El borrador, que aún será retocado por el Consejo Asesor de Telecomunicaciones, recoge que antes...

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El Gobierno otorgará el próximo año cinco nuevos canales de televisión correspondientes al satélite Hispasat, dos para el sector público y tres para los actuales concesionarios de cadenas privadas. Esta es una de las novedades del borrador para regular la televisión por cable y por satélite, redactado por la ponencia que estudia las nuevas modalidades de televisión, y que ha sido entregado al Gobierno. El Ejecutivo, según fuentes de la Administración, remitirá el texto a las Cortes este mes.

El borrador, que aún será retocado por el Consejo Asesor de Telecomunicaciones, recoge que antes de seis meses desde la promulgación de esta ley deberán haberse otorgado cinco canales (el proyecto no especifica que son los del Hispasat, pero se refiere a ellos, según fuentes que conocen el texto). Para dos de ellos tendrá preferencia el sector público, porque tendrán la consideración de gestión directa. Para el resto tendrán preferencia las actuales televisiones privadas.Según el borrador, para la adjudicación de los canales, las sociedades que concurran al concurso público deberán tener viabilidad técnica y económica y cumplir los porcentajes de programación que fija la directiva europea. Ninguna persona física o jurídica podrá ser titular de más del 33% del capital y en cuanto a la participación de extranjeros, esta se limita al 25% del capital, aunque el borrador reconoce que en este tema hay que someterse a la legislación de la CE. El borrador prevé también que una sociedad anónima podrá ser titular de más de una concesión por satélite pero la segunda "deberá ser obligatoriamente de canales especializados". La concesión será por 10 años renovables. La publicidad no podrá superar el 10% de la emisión anual ni podrá emitirse más de 10 minutos de anuncios por hora de programación.

Local y por cable

El borrador pretende legislar por primera vez las televisiones por cable y unifica los casos de televisión local y por cable. Para crear un canal por cable será necesario abarcar unos límites concretos de un término municipal que serán establecidos por los ayuntamientos. Cada zona delimitada deberá abarcar "más de 50.000 hogares". El texto indica que una televisión local pueda establecerse en los límites conformados por varios términos municipales en número no mayor de 10 localidades (dentro de unas misma autonomía) y que en conjunto no incluyan más de 300.000 hogares, mediante acuerdo entre los ayuntamientos.Cualquier persona jurídica o física podrá comercializar la distribución de canales por cable en una demarcación siempre que disponga de la autorización administrativa, que será otorgada por el Ministerio de Obras Públicas o por los órganos de las administraciones autónomas con competencia en la materia. La concesión se hará por un plazo de 15 años y renovable.

En una no explícita referencia a los vídeos comunitarios, el borrador señala que los operadores de cable podrán celebrar acuerdos con los sistemas privados instalados al amparo del artículo 25.3 de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones para la distribución de canales de televisión. Antes de seis meses desde la publicación de la ley se adoptará un procedimiento para agilizar los trámites de los concursos para otorgar las concesiones por cable y para prestar el servicio portador (cableado) de esta modalidad en las demarcaciones de no más de 50.000 habitantes.

La concesión de televisión por cable podrá llevar aparejada la obligación de pagar a la Administracion un canon anual, sin que éste pueda exceder el 1% de los ingresos brutos de explotación del canal.

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