La demora del nuevo código penitenciario impide a Tejero salir en régimen abierto

La demora del Ministerio de Defensa en la aprobación del nuevo régimen penitenciario militar impedirá que el ex teniente coronel Antonio Tejero, condenado a 30 años de cárcel por su participación en el 23-F, obtenga el régimen abierto, que le permitiría abandonar la prisión durante el día y regresar para dormir, según las fuentes jurídicas consultadas.El auto del juez de vigilancia penitenciaria de Barcelona del pasado día 19, que denegaba a Tejero la libertad condicional, accedió, sin embargo, a la petición de que se le clasifique en el tercer periodo de condena a partir del día de ayer. En e...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

La demora del Ministerio de Defensa en la aprobación del nuevo régimen penitenciario militar impedirá que el ex teniente coronel Antonio Tejero, condenado a 30 años de cárcel por su participación en el 23-F, obtenga el régimen abierto, que le permitiría abandonar la prisión durante el día y regresar para dormir, según las fuentes jurídicas consultadas.El auto del juez de vigilancia penitenciaria de Barcelona del pasado día 19, que denegaba a Tejero la libertad condicional, accedió, sin embargo, a la petición de que se le clasifique en el tercer periodo de condena a partir del día de ayer. En el régimen penitenciario común, la clasificación de un preso como de tercer grado -equivalente al tercer periodo en el régimen militar- le permite disfrutar de una serie de derechos en materia de permisos y acceder al régimen abierto.

El ex teniente coronel de la Guardia Civil Carlos Castillo Quero, condenado por su implicación en el caso Almería, goza por ejemplo desde hace años del régimen abierto, ya que cumple condena en una prisión ordinaria. Estos derechos no existen, sin embargo, en el régimen penitenciario castrense, donde el acceso al tercer periodo no conlleva ninguna mejora en las condiciones de vida del preso.

Inhibición del fiscal

El Ministerio de Defensa se ha comprometido a reformar el régimen penitenciario castrense, de forma que no se eliminen todas las diferencias con el régimen común, salvo aquellas que resulten imprescindibles por el carácter militar de los establecimientos. Entre estas últimas no figura, según han reconocido responsables del departamento, la inexistencia del régimen abierto.La citada reforma se ha ido demorando, sin embargo, de forma inexplicable. Durante la pasado legislatura, Defensa se amparó en la necesidad de completar la reforma de la jurisdicción castrense, antes de abordar el reglamento penitenciario. Esta reforma quedó completada con la aprobación de la Ley Procesal Militar, de 13 de abril de 1989, sin que desde entonces se hayan dado signos sobre la inminencia del nuevo reglamento. Altos cargos de Defensa señalaron en jullo último que la reforma penitenciaria militar se aprobaría antes de concluir el año, pero ahora aseguran que no existe fecha para su aprobación.

Por otra parte, el auto por el que se deniega la libertad condicional a Tejero -que adquiere carácter definitivo, al no haber sido recurrido por ninguna de las partes- revela que el fiscal se abstuvo de intervenir en el procedimiento. El juez señala que "noti icado el auto de incoación [de la libertad condicional] al fiscal jurídico militar a fin de que pudiese hacer alegaciones sobre las solicitudes, no ha informado al respecto".

A diferencia de lo que sucede en lajurisdicción ordinaria, donde la fiscalía goza de cierta autonomía, los fiscales militares están legalmente a las órdenes del ministro de Defensa, Narcís Seura.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Sobre la firma

Archivado En