PRESUPUESTOS DEL ESTADO PARA 1991

La retribución de los funcionarios subirá un 6,26%,

Las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios para el próximo año subirán un 6,26%. El incremento real es del 5%, que se une a otro 1,26%, resultante de consolidar en tablas salariales el aumento cobrado en 1990 como consecuencia de la denominada deuda social, según el compromiso adquirido por el Gobierno con los sindicatos el pasado mes de enero.El proyecto de ley prevé también un incremento del 6,26% para el conjunto de las retribuciones complementarias que no tienen carácter fijo y periódico, así como también para la indemnización por residencia, con excepción del personal...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Las retribuciones básicas y complementarias de los funcionarios para el próximo año subirán un 6,26%. El incremento real es del 5%, que se une a otro 1,26%, resultante de consolidar en tablas salariales el aumento cobrado en 1990 como consecuencia de la denominada deuda social, según el compromiso adquirido por el Gobierno con los sindicatos el pasado mes de enero.El proyecto de ley prevé también un incremento del 6,26% para el conjunto de las retribuciones complementarias que no tienen carácter fijo y periódico, así como también para la indemnización por residencia, con excepción del personal de las instituciones sanitarias del Insalud. Asimismo, se culmina el proceso de igualación de las remuneraciones de los funcionarios de empleo interino con las de los funcionarios de carrera, al elevar sus retribuciones básicas -excluídos los trienios- del 95%, vigente hasta el 100% de las de los funcionarios de idéntico grupo de titulación.

Más información

En el caso del personal sometido al Derecho Laboral, la masa salarial del personal de los Entes y Organismos que configuran el sector público estatal no podrá experimentar un incremento global superior al 6,26%. Este porcentaje deberá ser distribuido y aplicado a través del proceso de negociación colectiva.

Pensiones públicas

En materia de pensiones públicas, el proyecto de ley mantiene la línea de ejercicios anteriores en lo que concierne al incremento general del poder adquisitivo de sus beneficiarios, fijando un aumento medio del 6,5%, sobre las cuantías de 1990. Además, y con el fin de otorgar un tratamiento más favorable a las pensiones de menor cuantía, se establece un fondo adicional para la revalorización de las pensiones mínimas de viudedad de la Seguridad Social, en favor de mayores de 60 años, así como en favor de las pensiones de viudedad del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.

De igual forma, para el próximo año, el límite máximo de pensión se incrementa en la misma medida en que lo hace el conjunto de pensiones públicas; es decir, un 6,5%, quedando establecido en 220.617 pesetas mensuales.

En materia de clases pasivas del Estado, las pensiones causadas por los funcionarios públicos experimentarán en 1991 un porcentaje de revalorización del 6,5%, que se aplicará en todos los casos.

En este mismo apartado de clases pasivas, el proyecto de ley determina la cuantía de las pensiones causadas al amparo de la legislación especial derivada de la guerra civil, reconocidas para quienes sufrieron prisión por hechos de intencionalidad política. Además se establecen indemnizaciones en favor de los familiares de quienes fallecieron en el período comprendido entre 1985 y 1990 como consecuencia de la prestación del Servicio Militar Obligatorio y no causaron derecho a pensión en el Régimen de Clases Pasivas.

Archivado En