TRIBUNALES

La Audiencia de Zaragoza absuelve a 'El Día' de difamar a un cargo de Renfe

El diario El Día, de Zaragoza, ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Zaragoza, que ha revocado la sentencia del juez de primera instancia que le condenó por difamación a indemnizar con dos millones de pesetas a José Miguel Colmenares Pelillo, director del Gabinete de Urbanismo y Patrimonio de Renfe. El tribunal absuelve a El Día por estimar que la información sobre unas supuestas llamadas de Colmenares a un Ayuntamiento en favor de la empresa Lugarma no tuvo "sentido peyorativo".La sentencia recuerda que la venta por Renfe de sus activos ociosos fue polémica en la prens...

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El diario El Día, de Zaragoza, ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Zaragoza, que ha revocado la sentencia del juez de primera instancia que le condenó por difamación a indemnizar con dos millones de pesetas a José Miguel Colmenares Pelillo, director del Gabinete de Urbanismo y Patrimonio de Renfe. El tribunal absuelve a El Día por estimar que la información sobre unas supuestas llamadas de Colmenares a un Ayuntamiento en favor de la empresa Lugarma no tuvo "sentido peyorativo".La sentencia recuerda que la venta por Renfe de sus activos ociosos fue polémica en la prensa y que El Día sugirió irregularidades económicas en la adjudicación a la empresa Lugarma de unos terrenos en Villanueva de Gállego. El tribunal analiza un párrafo del reportaje publicado por El Día el 15 de febrero de 1989, en el que se afirma que, días antes de la adjudicación, Colmenares "realizó varias llamadas" al Ayuntamiento "para que no se pusieran dificultades a los movimientos de Lugarma".

El tribunal declara que el periodista José Luis Andrés, autor de la información, "no ha probado que se hubieren efectuado las llamadas a que alude en su artículo", pero rechaza que tal referencia afecte a la reputación y buen nombre del demandado, por carecer de "sentido peyorativo". La sala razona que el artículo recoge que las llamadas telefónicas fueron anteriores a la adjudicación, "y no se iba a pretender en favor de Lugarma, SA, que no se pusiesen dificultades a la calificación o uso urbanístico de los terrenos, cuando se ignoraba quién iba a ser el adjudicatario" e "ignorándose quién iba a ser el mejor postor".

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