Cartas al director

El derecho de autodeterminación

Se suele decir que en la Constitución española caben todas las reivindicaciones que se reclamen no violentamente. Pero hace muy poco Felipe González ha decla-Pasa a la página siguiente

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rado que el derecho de autodeterminación no es aplicable al País Vasco.

El artículo 102, párrafo 22, de la Constitución española afirma: "Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos i...

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Se suele decir que en la Constitución española caben todas las reivindicaciones que se reclamen no violentamente. Pero hace muy poco Felipe González ha decla-Pasa a la página siguiente

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rado que el derecho de autodeterminación no es aplicable al País Vasco.

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El artículo 102, párrafo 22, de la Constitución española afirma: "Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España". Y entre estos tratados ratificados por España, el 28 de septiembre de 1977, se encuentran los pactos de la ONU de 1966, cuyo artículo 1º dice así: "Todos los pueblos tienen derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen, asimismo, a su desarrollo económico, social y cultural".

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A este derecho se suele querer oponer el derecho de integridad territorial, o se suele afirmar que sólo vale para las colonias. Pero la ONU, en 1974, admitió el nuevo Estado de Bangladesh, que no era colonia de Pakistán y había roto la integridad territorial del Estado paquistaní. Noruega se desgajó de Suecia en 1905, e Islandia se separó de Dinamarca en 1944. Y ninguna de las dos eran colonias.-

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