La excarcelación de Torres Rojas, condenado por el 23-F, considerada inminente por Defensa y su abogado

El general Luis Torres Rojas, condenado a 12 años de prisión por su participación en el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, será puesto en libertad condicional en los próximos días, según estiman tanto fuentes del Ministerio de Defensa como su ahogado, Gerardo Quintana. La concesión de la libertad condicional a Torres Rojas será posible por la interpretación que el mes pasado hizo la Sala de Vacaciones del Tribunal Supremo con respecto a las condiciones exigibles a los presos militares que solicitan la excarcelación por enfermedad o por tener más de 70 años.

El juez militar de Vi...

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El general Luis Torres Rojas, condenado a 12 años de prisión por su participación en el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, será puesto en libertad condicional en los próximos días, según estiman tanto fuentes del Ministerio de Defensa como su ahogado, Gerardo Quintana. La concesión de la libertad condicional a Torres Rojas será posible por la interpretación que el mes pasado hizo la Sala de Vacaciones del Tribunal Supremo con respecto a las condiciones exigibles a los presos militares que solicitan la excarcelación por enfermedad o por tener más de 70 años.

El juez militar de Vigilancia Penitenciarla de La Coruña es a quien corresponde en primera instancia adoptar una decisión al respecto, una vez que el letrado Quintana solicitó la libertad condicional para su defendido a comienzos de verano. Días antes, lo había hecho Ramón Hermosilla, abogado del ex general Alfonso Armada, condenado a 26 años, 8 meses y 1 día por su participación en los mismos hechos.La petición en favor de Armada -cuyo abogado alegó que el ex militar sufría "una enfermedad grave e incurable"- fue rechazada inicialmente por los tribunales militares y resuelta, en última instancia, por la sala de vacaciones del Supremo. En su correspondiente auto, se indicaba que Armada podía cumplir todos los requisitos, salvo uno, para la concesión de la libertad condicional. El requisito que le faltaba era el de haber cumplido al menos la mitad de su condena. Con esta tesis, el Tribunal Supremo admitió que a los militares condenados se les puede aplicar la legislación ordinaria al respecto.

Torres Rojas cumplió ya en febrero del pasado año la mitad de su condena, por lo que ya cumple este requisito. Lo que el juez militar tiene que analizar ahora es si el condenado cumple el resto de los condicionantes. Quintana ha hecho constar en su petición que Torres Rojas tiene diversas enfermedades -ha perdido el 70% de la visión y ha sido intervenido en las piernas por antiguas heridas sufridas en saltos de paracaidismo- y que esta próxima semana cumple los 70 años. El régimen general penitenciario autoriza a la administración penitenciaria a conceder la libertad condicional a los presos con más de 70 años de edad o con enfermedades muy graves o incurables.

Condiciones exigidas

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Las condiciones exigidas para dicha concesión -que también debe analizar el juez militar- son: que el condenado haya cumplido al menos la mitad de la sentencia, que haya mantenido una conducta intachable en la prisión y que ofrezca garantías de hacer vida honrada en libertad. Para conocer si se cumplen todos estos condicionantes, el juez militar ha soliciado tener a su disposición los certificados médicos y los informes de la prisión en que ha estado Torres Rojas.

A lo largo de los dos últimos años, Torres Rojas ha estado casi siempre internado en el hospital militar Gómez Ulla, de Madrid, donde también se encontraba ayer. No obstante, la prisión a la que fue asignado es la de El Ferrol -donde también cumple condena el ex general Jaime Milans del Bosch-, por lo que es el juzgado militar de La Coruña el encargado de tramitar la petición de libertad condicional.

En opinión de las fuentes consultadas en Defensa, todo parece indicar que Torres Rojas cumple los requisitos exigidos, por lo que la concesión de la libertad condicional puede producirse de forma inminente. "No tengo la más mínima duda al respecto", comentó ayer el abogado Quintana. Contra la decisión deljuzgado militar, cabrá recurso del fiscal militar o del abogado defensor. En última instancia, sería la Sala Quinta del Tribunal Supremo la que adoptara una decisión definitiva.

De otro lado, y una vez que el Supremo denegó la libertad condicional para Armada, sus abogados estudian estos días la conveniencia o no de presentar un recurso de amparo. El plazo para ello concluye la semana próxima. De no presentar el recurso, los abogados optarán por solicitar de nuevo el indulto, a pesar de que ya le ha sido rechazado en anteriores ocasiones.

Por otra parte, el Ministerio de Defensa continúa los trabajos, iniciados hace más de dos años, para elaborar un nuevo reglamento penitenciario que sustituya al aprobado en 1980, actualmente en vigor. En principio, los criterios seguidos por Defensa, a la hora de plantearse los requisitos que deberán ser exigidos para optar a la libertad condicional, consisten en que no se tengan en cuenta los plazos o períodos de condena cuando la libertad se solicite por motivos de edad o enfermedad, con lo que la concesión quedaría al criterio del juez de vigilancia penitenciaria.

Este criterio beneficiaría a presos como Armada, siempre y cuando también haya una modificación paralela en el reglamento penitenciario ordinario. La aprobación del reglamento militar se hará una vez aprobada la Ley Procesal militar, actualmente en el Congreso de los Diputados.

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