TRIBUNALES

El fiscal responsabiliza a la Seguridad Social del error mortal de un médico

La Audiencia de Barcelona ha revocado el procesamiento dictado contra el médico de la Seguridad Social Carlos Carrete Pellicer por imprudencia temeraria al causar la muerte de un enfermo, en mayo de 1983, por recetarle un medicamento al que era alérgico. La decisión de la Sección Tercera de lo Penal ha sido tomada después de que el fiscal pidiera el sobreseimiento por entender que el médico cometió un error debido al mal funcionamiento de la Seguridad Social.

El fiscal Gómez Papi calificó los hechos de falta y no delito, porque "los médicos que prestan sus servicios en los ambulatorios ...

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La Audiencia de Barcelona ha revocado el procesamiento dictado contra el médico de la Seguridad Social Carlos Carrete Pellicer por imprudencia temeraria al causar la muerte de un enfermo, en mayo de 1983, por recetarle un medicamento al que era alérgico. La decisión de la Sección Tercera de lo Penal ha sido tomada después de que el fiscal pidiera el sobreseimiento por entender que el médico cometió un error debido al mal funcionamiento de la Seguridad Social.

El fiscal Gómez Papi calificó los hechos de falta y no delito, porque "los médicos que prestan sus servicios en los ambulatorios de la Seguridad Social asisten en dos horas a un número de enfermos absolutamente incompatible con un detenido reconocimiento de cada uno de ellos".El criterio del fiscal era conocido y compartido por Carlos Jiménez Villarejo, fiscal jefe de la Audiencia, quien considera que el doctor acusado era responsable sólo hasta cierto punto del error cometido, dadas las deficiencias del sistema sanitario.

El enfermo fallecido, Pedro Navarro Torrones, de 52 años, padecía asma bronquial, y era alérgico a los analgésicos, de acuerdo con varios dictámenes médicos emitidos durante los dos años anteriores a su fallecimiento. En mayo de 1983, el doctor Carrete recetó al enfermo un producto denominado Inyesprin oral, cuya composición tiene 900 milésimas de acetilsalicilato, componente básico de la aspirina. El paciente falleció después de una sola ingestión del fármaco, afectado de una paro respiratorio.

En el auto de procesamiento, dictado en noviembre de 1984 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona, se afirmaba que el facultativo no llevaba un control, ni historial médico de los enfermos que atendía, y que por eso no sabía que el paciente era alérgico a los analgésicos. El fiscal asegura que la falta de historial de los enfermos es "un hecho notorio". Los médicos de la Seguridad Social no acostumbran a llevar ficheros u otro tipo de control, y ( ... ) todo ello determina la existencia de una medicina mecánica e impersonal, en la que se hace prácticamente imposible el conocimiento entre el médico y el enfermo".

El escrito del fiscal que ha servido de base para revocar el procesamiento del facultativo añade que el doctor ejercía su profesión "en muy malas condiciones, de las que era responsable la propia institución sanitaria o, si se quiere, del sistema establecido". En opinión del fiscal, la principal culpa del médico "estribó en aceptar trabajar con tales deficiencias".

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