La Comisión Europea propone la total liberalización de la actividad bancaria en 1992

I. C., La Comisión Europea dio ayer un nuevo paso hacia la creación de un espacio financiero integrado en la Comunidad Europea (CE) al formular una ambiciosa, propuesta que liberalizará por completo el ejercicio de la actividad bancaria de aquí a 1992.

Presentado ayer ante la Prensa por su autor, el comisario europeo lord Cockfield, el proyecto de directiva permitirá a los españoles abrir cuentas en bancos radicados en la República Federal de Alemania o contraer créditos en instituciones financieras de Holanda, por poner dos ejemplos. El objetivo de la propuesta es, según Brusela...

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I. C., La Comisión Europea dio ayer un nuevo paso hacia la creación de un espacio financiero integrado en la Comunidad Europea (CE) al formular una ambiciosa, propuesta que liberalizará por completo el ejercicio de la actividad bancaria de aquí a 1992.

Presentado ayer ante la Prensa por su autor, el comisario europeo lord Cockfield, el proyecto de directiva permitirá a los españoles abrir cuentas en bancos radicados en la República Federal de Alemania o contraer créditos en instituciones financieras de Holanda, por poner dos ejemplos. El objetivo de la propuesta es, según Bruselas, "estimular la competencia entre las instituciones crediticias", lo que provocará una disminución del coste de las prestaciones bancarias, y "ofrecer un abanico más amplio de opciones a los ciudadanos y a las empresas".

El principio fundamental de esta proposición, que deberá ahora ser sometida a la aprobación del Consejo de Ministros comunitario y del Parlamento Europeo, es el llamado consentimiento bancario único, que permitirá a los bancos que operan en un Estado miembro de la CE instalarse en otro país de los doce sin necesidad de solicitar autorización alguna de sus autoridades. Hasta ahora cualquier institución financiera que deseaba abrir una sucursal en otro Estado comunitario debía previamente obtener el visto bueno de las autoridades competentes del país anfitrión -para lo que era necesario disponer de un capital distinto del de la casa madre-, a cuya legislación y control debía además someterse.

Todas estas disposiciones quedarán abolidas entre 1989 y 1992, a medida que sea aplicada la nueva directiva. La vigilancia del banco recién abierto correrá entonces a cargo de los responsables del país de origen, que podrán incluso proceder a inspeccionar las sucursales instaladas en Estados socios.

La armonización

La directiva, la segunda de la CE sobre esta materia después de que en 1977 fuese dado un primer paso hacia la libertad de establecimiento, incluye también una exhaustiva lista de las operaciones bancarias que quedarán liberalizadas, entre las que figuran todas las transacciones de valores mobiliarios.

El mutuo reconocimiento de las reglas que regulan la actividad bancaria supone una cierta armonización de los 12 sistemas bancarios actualmente en funcionamiento. En este embrión de legislación bancaria europea quedará estipulado, según pretende el órgano ejecutivo comunitario, que los fondos propios requeridos para desarrollar una actividad bancaria sean de al menos cinco millones de ECU (unidad de cuenta europea, equivalente a 140 pesetas), aunque cada Estado miembro podrá aumentar esa cantidad para sus bancos.

Serán armonizados los sistemas de vigilacia de los accionistas, que deberán informar a las autoridades de sus aumentos de participación en el capital de las instituciones financieras. Asimismo se realizará un seguimiento de la penetración de los bancos en sectores no relacionados con su actividad.

En breve, la Comisión Europea hará también propuestas para aunar criterios entre los doce sobre los niveles de solvencia de los bancos y sobre la dotación y el reparto de sus fondos.

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