El ciudadano podrá negarse a facilitar datos 'sensibles'

Existen numerosos organismos y empresas privadas que, a cambio de la prestación del servicio que ofrecen, obligan al usuario o al solicitante a rellenar una serie de datos personales que, en algunos casos, pueden afectar a la zona más sensible de la intimidad personal y que al interesado probablemente no le convenga que queden en poder de terceros. El borrador elaborado llena el vacío legal y exige que se advierta al ciudadano que puede rehusar la colaboración que se le solicita.El artículo 4 del texto establece: "Los datos personales concernientes a las opiniones políticas, filosóficas, reli...

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Existen numerosos organismos y empresas privadas que, a cambio de la prestación del servicio que ofrecen, obligan al usuario o al solicitante a rellenar una serie de datos personales que, en algunos casos, pueden afectar a la zona más sensible de la intimidad personal y que al interesado probablemente no le convenga que queden en poder de terceros. El borrador elaborado llena el vacío legal y exige que se advierta al ciudadano que puede rehusar la colaboración que se le solicita.El artículo 4 del texto establece: "Los datos personales concernientes a las opiniones políticas, filosóficas, religiosas y otras creencias, el comportamiento sexual o la vida familiar, el origen racial, la salud mental o física, el uso de sustancias alcohólicas o tóxicas, la pertenencia a partidos políticos, sindicatos y asociaciones y los antecedentes penales sólo pueden ser obtenidos con el consentimiento expreso del interesado, el cual deberá ser informado de su derecho a rehusar la colaboración al respecto".

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Excepciones

Según otros preceptos, esta regla general no es aplicable en lo que se refiere a los datos sobre la salud mental o física que, en virtud de la legislación sobre sanidad pública, deban ser suministrados al personal médico competente, y a los datos sobre la salud necesarios para las prestaciones de la Seguridad Social, política de prevención de enfermedades profesionales, acceso a la función pública y reclutamiento militar.

Igualmente, toda persona está obligada a suministrar datos personales distintos de los especialmente sensibles descritos en el artículo 4 y que lean necesarios para la elaboración de estadísticas de interés público "cuando las mismas sean realizadas por organismos públicos obligados a conservar el secreto estadístico". La obtención y el tratamiento de datos personales habrá de realizarse con respeto a la dignidad humana y a los derechos de acceso, rectificación y cancelación.

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