El periodista sólo revelará sus fuentes al juez según un proyecto gubernamental

El anteproyecto de ley orgánica que regula la cláusula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas indica en su tercer y último artículo que el profesional de la información sólo deberá o estará obligado a declarar sus fuentes ante el juez, y cuando se trate de un procedimiento penal. El texto del anteproyecto de la futura ley fue adelantado ayer por la agencia Europa Press, que informó que se halla prácticamente a punto de ser enviado para su aprobación al Consejo de Ministros, de donde sería enviado al Parlamento.

El anteproyecto de ley es breve y conciso. Consta de tres...

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El anteproyecto de ley orgánica que regula la cláusula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas indica en su tercer y último artículo que el profesional de la información sólo deberá o estará obligado a declarar sus fuentes ante el juez, y cuando se trate de un procedimiento penal. El texto del anteproyecto de la futura ley fue adelantado ayer por la agencia Europa Press, que informó que se halla prácticamente a punto de ser enviado para su aprobación al Consejo de Ministros, de donde sería enviado al Parlamento.

El anteproyecto de ley es breve y conciso. Consta de tres artículos y una disposición final que se refiere a su entrada en vigor, y en caso de ser aprobada por el Parlamento tendría carácter de ley orgánica debido a que desarrolla el artículo 20 de la Constitución. Según los redactores del anteproyecto, consultados por Europa Press, en su elaboración han participado miembros del Grupo Parlamentario, Socialista, la oficina del portavoz del Gobierno y personal del Ministerio de Justicia.El artículo 1 del proyecto de ley define quién es periodista a los efectos de esta norma orgánica. Según los redactores del proyecto consultados, este artículo dice textualmente:

"A los efectos de la presente ley, son periodistas quienes como trabajo habitual y retribuido se dedican a obtener o elaborar información, para difundirla o comunicarla públicamente por cualquier medio de comunicación social".

El artículo 2 del proyecto hace referencia a la cláusula de conciencia, y según los redactores del proyecto se recogen en él tres aspectos básicos. En primer lugar, el periodista podrá proceder a la rescisión de su contrato cuando el medio de comunicación en el que trabaja cambie de orientación ideológica.

Negar la firma

En segundo lugar, el periodista se podrá negar a que se ponga su firma en un texto del que es autor que haya sido modificado, bien a través de introducir conceptos nuevos o bien al suprimir algún concepto original. Por último, el periodista no estará obligado a realizar o firmar artículos que vayan contra su propia conciencia.El tercer y último artículo del anteproyecto de ley regula el secreto profesional. Según las fuentes consultadas por Europa Press, ha sido en este punto en donde la discusión ha sido más profunda. Estas fuentes indicaron que incluso no se descarta que se pueda aún introducir alguna modificación antes de que el anteproyecto sea aprobado en Consejo de Ministros.

Los redactores del anteproyecto se han inclinado por una idea central, que, en su opinión, consideran que será la que prevalecerá definitivamente: el periodista sólo está obligado a revelar sus fuentes ante un juez y en el marco de un procedimiento penal.

Los redactores del anteproyecto han descartado que el periodista pueda revelar su fuente ante la Administración, la policía, etcétera, pero subsiste un pequeño debate o discusión sobre si se puede hacer uso del secreto profesional ante el titular de la empresa. Es decir, si el periodista debe decir la fuente a su director.

El Grupo Parlamentario del CDS presentó a finales de 1986 un proyecto de ley sobre el tema al Parlamento.. El Pleno del Congreso de los Diputados rechazó el 6 de noviembre de 1986 dicho proyecto por el voto en contra del Grupo Socialista.

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