Tribuna:TRIBUNA LIBRE / EL CAPITULO AGRICOLA EN LAS NEGOCIACIONES ESPAÑA-CEE / y 3

El fin del comercio de Estado

España, desde el día de la adhesión, y como miembro de la CEE, tiene derecho a que el precio de referencia que se aplica a países terceros sea sustituido, corno en el caso de Grecia, por un precio de oferta español, que se desmantele a lo largo del período de transición con distinto grado de celeridad si se quiere, según el grado de sensibilidad de cada grupo de productos. El objetivo para España no debe ser tanto el deseo de invadir ningún tipo de mercado, sino más bien ejercer los derechos del país miembro, con intensidad gradual, pero creciente, desde el día de la adhesión.Además, es precis...

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España, desde el día de la adhesión, y como miembro de la CEE, tiene derecho a que el precio de referencia que se aplica a países terceros sea sustituido, corno en el caso de Grecia, por un precio de oferta español, que se desmantele a lo largo del período de transición con distinto grado de celeridad si se quiere, según el grado de sensibilidad de cada grupo de productos. El objetivo para España no debe ser tanto el deseo de invadir ningún tipo de mercado, sino más bien ejercer los derechos del país miembro, con intensidad gradual, pero creciente, desde el día de la adhesión.Además, es preciso que cualquier nueva estrategia mediterránea de la Comunidad tenga en cuenta el derecho que España y otros países miembros de la CEE productores de frutas y hortalizas tienen de que se aplique en este sector, también, el principio de la preferencia comunitaria.

Los productos continentales

El principal elemento de protección exterior para los denominados productos de tipo continental, el comercio de Estado, habrá desaparecido desde el día de la adhesión de España a la CEE. Es decir, al contrario que otros instrumentos de protección en frontera, que pueden desmantelarse de un modo gradual, el régimen de comercio de Estado, por tratarse de un sistema claramente incompatible con la normativa comunitaria, deberá sustituirse desde el principio.

La mayor parte parte de los sectores que están sometidos al régimen de comercio de Estado han logrado, libres de la competencia, exterior, un nivel de autosuficiencia razonable. Prácticamente la producción de todo tipo de carnes, azúcar y trigo sólo han precisado de importaciones coyunturales en los últimos años. En el caso del sector lácteo, el nivel de autoaprovisionamiento alcanza el 93%, siendo tan sólo precisas importaciones de quesos, algunos productos lácteos transformados, leche desnaturalizada en polvo para alimentación animal, y sólo coyunturalmente leche fresca, de modo muy esporádico y estacional.

El desarrollo de la producción española en estos sectores se ha obtenido en condiciones estructurales mucho más deficientes que las que se dan en los países de la CEE. Los rendimientos son, por término medio, inferiores.

La adhesión de España a la CEE crea problemas de adaptación en múltiples sentidos. Sin embargo, la regulación del mercado en estos productos es en la CEE lo suficientemente sólida para que, en cualquier caso, no deba temerse por el nivel de renta de los agricultores. Sin embargo, existen otros aspectos que aconsejan prudencia: la balanza comercial agraria, la industria de transformación, la futura política comunitaria de precios de garantía e intervenciones, que amenaza ser mucho más restrictiva que en el pasado... Estos factores y otros muchos justifican la petición española de una apertura muy gradual de los intercambios que permita la adaptación de estos sectores a la nueva realidad del mercado comunitario. El control de los intercambios exigiría la aplicación durante 10 años de un mecanismo de vigilancia adaptado a las características y sensibilidad de cada sector.

Otro caso distinto es el del maíz. España es importador neto de grandes cantidades de maíz, que históricamente han sido adquiridas al nivel de precios del mercado mundial. La elevación de precios en el mercado internacional en las dos últimas campañas ha dejado sin efectos la política de suministro de maíz para piensos a precios baratos. Pero es indudable que los precios internacionales seguirán oscilando y la adhesión de España a la CEE no permitirá beneficiarnos de las coyunturas de precios bajos, por la necesaria aplicación del principio de la preferencia comunitaria que lleva a una sólida protección en frontera a los cereales comunitarios.

Por otra parte, la necesidad de garantizar una suficiente protección a la producción española de maíz y, sobre todo, de cebada, ha aconsejado en los dos últimos años el establecimiento de precios de entrada para el maíz de importación que no impidieran la normal comercialización de los cereales forrajeros de producción nacional.

Como corolario de todo lo anterior se deduce que el maíz no sería en sí mismo un producto sensible en el proceso de adhesión, al importarse millones de toneladas al año, como en el caso de cítricos en la CEE. Sin embargo, el alto grado de sustituibilidad entre el maíz, cebada y otros cereales forrajeros en la alimentación animal aconsejan una apertura gradual de los intercambios para facilitar una correcta comercialización de la producción española de cereales forrajeros durante el período de transición.

El caso del sector porcino

El sector porcino es el que presenta en el complejo global de la adhesión unas características más peculiares. La actual normativa comunitaria de tipo sanitario impedirá que la apertura de los intercambios se efectúe de una forma simétrica. Es decir, según la posición comunitaria, los países actualmente miembros de la CEE podrían exportar hacia España sus productos, pero las exportaciones españolas estarían prohibidas mientras se mantuvieran los actuales problemas sanitarios.

La actual política sanitaria de la CEE, que permite ciertos tipos de intervenciones en las zonas aisladas comercialmente por motivos sanitarios, será en el futuro, cuando finalice el período de transición, la normativa aplicable en España. Pero el período de transición, en este sector debe tener en cuenta la especificidad de la problemática en cuestión, haciendo posible que los planes de erradicación de la enfermedad den resultados, antes de que la concurrencia de mercancías comunitarias afecten irreversiblemente al sector. Se trata, pues, de un problema mayor dentro del capítulo agrícola.

En las materias grasas, junto con el vino, la Comunidad no ha fijado aún posición negociadora. Sin embargo, es importante analizar también estos sectores.

La política comunitaria de grasas vegetales fue concebida para la primitiva Comunidad de seis miembros. Se basa en un acentuado liberalismo comercial en las importaciones de semillas oleaginosas y aceites vegetales. El fuerte déficit en este capítulo de la primitiva Comunidad aconsejó que el mantenimiento del aceitede oliva italiano, de la colza, girasol y otas semillas oleaginosas se efectuará a través de ayudas directas al cultivo, en lugar de a través de tina protección en frontera frente a la concurrencia exterior.

La ampliación hacia los países mediterráneos, Grecia, Portugal y España incrementa el grado de auto abastecimiento comunitario en aceites y semillas, por lo que el sostenimiento de las ayudas se encarece. De algún modo, en el futuro, la CEE está obligada a renegociar en el marco del GATT su política de grasas. De ahí la posición de la Comisión Europea, en su informe al Consejo de Ministros, de que la CEE solicite a España mantener al menos en cinco años de período de transición su actual política de protección exterior en el sector de semillas oleaginosas y aceites de semillas.

Por lo que respecta al aceite de oliva y la producción española de semillas oleaginosas, la única posibilidad razonable es que el período de transición contemple una transición clásica, es decir, aproximación-gradual de precios y ayudas, para adoptar de un modo total desde la adhesión el actual acquis comunitario.

El vino

Adrien Ries, antiguo director en la Comisión Europea, ha escrito: "El vino tiene que madurary, al revés que en otros productos agrícolas, el almacenamiento mejora la calidad; tratarlo con el sol artificial de las azucareras, mezclarlo con vinos importados o adulterarlos con alquimias es violar el carácter sagrado del vino. El vino es una bebida, y como tal, entra en competencia con otras bebidas; pero es también un producto agrícola, como la leche, el zumo de manzana o el jugo de naranja. Gravarlo como se grava la cerveza, el alcohol, los cigarrillos o la gasolina no es sólo prueba de mal gusto o de costumbre bárbara, sino que viola el carácter sagrado del Mercado Común Agrícola" (*).

Las palabras de Ries evitan, por su contundencia, una mayor explicación de la problemática vitivinícola europea. La. producción se ha multiplicado de un modo artificial. Italia y Francia, con la mitad de superficie que España, doblan la producción española. Esto suele ocurrir cuando la viña abandona las tierras que son adecuadas, para desplazar otros cultivos en zonas llanas, de regadío, etcétera. Los rendimientos se elevan, la calidad baja y se producen excedentes que es preciso transformar en alcohol invendible. Junto a todo ello, las producciones que se obtienen en zonas donde la carencia de sol impide suficiente riqueza alcohólica son enriquecidas artificialmente con adición de sacarosa. El consumo de vino se desestimula de forma enérgica en países como el Reino Unido, Dinamarca o Irlanda, donde impuestos especiales sobre el vino distorsionan absolutamente la concurrencia entre productos sustitutivos.

La situación descrita dificulta la negociación de este sector, pero más por la actual situación del mercado comunitario que por los problemas que puede añadir España, que en cualquier caso posee una normativa mucho más coherente y eficaz que la comunitaria.

El equilibrio global

La negociación agrícola implica otros muchos aspectos no citados aquí por cuestión de espacio, pero que afectan intereses reales de empresas, sectores o regiones que son tenidos en cuenta en todo momento. En una visión panorámica de la problemática general cabría hacer aún algunas consideraciones respecto al equilibrio global de la negociación no sólo dentro del capítulo agrícola, sino del conjunto de la economía española. La adhesión de un sistema económico como el español, con sus peculiaridades, como cualquier otro, debe contener elementos de armonización que impidan distorsiones en la asignación de recursos que no vengan estimuladas por un funcionamiento realmente más libre del mercado. El sistema económico es un todo interrelacionado y no admíte, sin grandes costes, caprichos o extravagancias. De ahí la necesidad de lograr un equilibrio lo más estrecho posible entre los distintos capítulos sectoriales de la negociación.

El período de transición debe permitir una integración armónica de la agricultura española, amortiguando los efectos positivos o negativos, pero dentro de una gradualidad que suponga realmente un impulso de integración económica. Las posiciones sostenidas por España no han huido jamás de esa idea de progresividad, que impone sacrificios y adaptaciones imprescindibles para que el período de transición signifique realmente un camino de integración y no simplemente una fase de parálisis y defensa proteccionista ante la necesaria apertura de mercados. Gradualidad y prudencia en la aproximación a lo largo de un período de transición suficientemente largo, en torno a los siete años, es una postura razonable y constructiva.

Cualquier otra posición, venga de quien venga, que intente pasar facturas y costes adicionales a quien no ha participado en la fiesta o en el estropicio es una postura innegociable. Es cierto que la CEE es un tren en marcha, donde el país candidato debe subirse en marcha. La velocidad del tren es el problema del candidato. Que de pronto le cambien el tren, ya es algo más discutible, pero si se lo cambian a todos los pasajeros, puede llegar a aceptarse. Lo que ya no es tolerable es que, sea el tren que sea, se cierren las puertas de los vagones, de modo que el país candidato no pueda moverse dentro del tren y quede aprisionado en el furgón de cola.

El tratado de adhesión es un acuerdo político internacional entre dos partes soberanas, en el que puede escribirse cualquier cosa que pueda llegar a ser aceptable para ambas. No hay más limitaciones que la capacidad de convencimiento mutuo. Si no, no podría llegar a entenderse por qué la CEE aceptó al Reino Unido mantener importaciones de mantequilla de Nueva Zelanda. Sirva el ejemplo como muestra de extravagancia comercial.

La negociación del capítulo agrícola en la adhesión de España está empezando. Poco podrá avanzarse mientras la CEE no complete su posición con declaraciones en el sector del vino y de materias grasas. Por ahora, la identificación de problemas, la delimitación de islotes de conflictividad, su observación en paseos circulares y reiterativos van ocupando las sesiones de negociación.

Es preciso completar la descripción cartográfica. Posteriormente, tal vez sea irremediable aproximarse a una solución tipo paquete. La CEE no debe imaginar como solución posible ninguna en la que cada país miembro obtenga de España sólo aquello que desea. Bueno, barato y bonito. No. Tampoco podemos imaginar desde nuestro país una solución sin costes.

Carlos Tió Saralegui es director del gabinete técnico del ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. * Adrien Ries. El ABC del Mercado Común Agrícola.

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