Consejo de Ministros

El buto vejatorio de policías a los detenidos será juzgado falta grave

Los miembros del Cuerpo Superior de Policía (CSP) que originen tratos denigrantes o vejatorios a las personas detenidas o que se encuentren bajo custodia serán considerados autores de una falta grave y podrán ser suspendidos en sus fanciones durante un plazo máximo de tres años, de acuerdo con el real decreto sobre Régimen Disciplinario del CSP, que ayer aprobó el Consejo de Ministros.Las faltas disciplinarias en que pueden incurrir los funcionarios del CSP se clasifican en muy graves, graves y leves. Entre las muy graves figuran la falta de probidad moral o material, la manifiesta insubordina...

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Los miembros del Cuerpo Superior de Policía (CSP) que originen tratos denigrantes o vejatorios a las personas detenidas o que se encuentren bajo custodia serán considerados autores de una falta grave y podrán ser suspendidos en sus fanciones durante un plazo máximo de tres años, de acuerdo con el real decreto sobre Régimen Disciplinario del CSP, que ayer aprobó el Consejo de Ministros.Las faltas disciplinarias en que pueden incurrir los funcionarios del CSP se clasifican en muy graves, graves y leves. Entre las muy graves figuran la falta de probidad moral o material, la manifiesta insubordinación, el abandono del servicio, la violación del secreto profesional y cualquier conducta constitutiva de delito. Este tipo de faltas pueden ser castigadas incluso con la separación del servicio o expulsión del cuerpo por parte del Consejo de Ministros.

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Entre las faltas graves figuran la desobediencia a superiores, el maltrato a subordinados, el abuso de atribuciones, la práctica de tratos vejatorios a detenidos, la discriminación por razón de sexo o lugar de nacimiento, la violación de su debida neutralidad política, la exhibición de armas sin causa, justificada y las manifestaciones públicas de dirigentes sindicales que supongan extralimitación del ejercicio de su condición y vulnere sus deberes como funcionarios. Estas faltas pueden ser castigadas hasta con tres años de suspensión de funciones y con cambios forzosos de residencia. La decisión corresponde al ministro del Interior.

Como faltas leves serán consideradas la negligencia, las incorrecciones con el público o la inasistencia al servicio. Estas faltas serán castigadas con la pérdida de remuneraciones de uno a cuatro días, o con el apercibimiento. Este tipo de sanciones podrán ser impuestas por el subdirector general de la Policía, los comisarios generales o los jefes superiores de Polícía.

Por otro lado, el Gobierno también aprobó ayer el real decreto sobre nuevas nuevas remuneraciones para los miembros del Cuerpo Superior de Policía, Guardia Civil y Policía Nacional. Para los policías y guardias, la subida mensual media será de unas 12.000 pesetas. El 70% de este incremento comenzarán a cobrarlo a partir de este mes y el resto lo cobrarán el año próximo. Para los jefes y oficiales de ambos cuerpos, las subidas serán idénticas a las previstas para los militares en la ley de retribuciones para las Fuerzas Armadas, que, en general, prevé una subida salarial media de un 15% entre 1984 y 1985. Por su parte, los miembros del CSP experimentarán una subida salarial cercana al 20% a partir del 1 de enero de 1985. El incremento medio estará próximo a las 25.000 pesetas.

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