La Generalitat no tendrá competencias sobre aeropuertos propiedad del Estado

El Tribunal Constitucional ha fallado en contra del recurso interpuesto por la Generalitat de Cataluña sobre el Real Decreto de calificación de aeropuertos civiles emitido por el Gobierno central. El decreto fue aprobado en 1981 por el Gobierno de UCD y describía las características de los aeropuertos de interés nacional y, por consiguiente, no traspasables.En la práctica, dejaba a la Generalitat sin posibilidades de que aeropuertos del Estado, como el de Gerona o el de Reus, pudiesen ser traspasados. El Estatuto de Autonomía de Cataluña señala que la Generalitat tiene competencias en aeropuer...

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El Tribunal Constitucional ha fallado en contra del recurso interpuesto por la Generalitat de Cataluña sobre el Real Decreto de calificación de aeropuertos civiles emitido por el Gobierno central. El decreto fue aprobado en 1981 por el Gobierno de UCD y describía las características de los aeropuertos de interés nacional y, por consiguiente, no traspasables.En la práctica, dejaba a la Generalitat sin posibilidades de que aeropuertos del Estado, como el de Gerona o el de Reus, pudiesen ser traspasados. El Estatuto de Autonomía de Cataluña señala que la Generalitat tiene competencias en aeropuertos, pero matiza, en otro artículo, que sólo cuando el Estado no se reserve la gestión directa corresponde a la Generalitat la ejecución de la legislación estatal en materias como ésta.

Así, se da la paradoja que la institución autonómica tenía competencias sobre aeropuertos y, al mismo tiempo, no tenía aeropuertos para ejercer sus competencias.

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