Repercusiones de una gestión financiera

Un trámite que puede durar medio año

En el auto aprobado ayer la Audiencia se declara incompetente previsiblemente porque el artículo 38 del Estatuto, que prevé la inmunidad del presidente y atribuye competencias para juzgarlo al aún no creado Tribunal Superior de Cataluña, no tiene desarrollo posterior paralelo al del artículo 31.2. Éste último prevé la inmunidad de los diputados y se despliega en la transitoria quinta del Reglamento del Parlamento, en la que se contempla que mientras no exista el Tribunal Superior, será competente la Audiencia. El auto de incompetencia será recurrido en un plazo de cinco días por el ministerio ...

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En el auto aprobado ayer la Audiencia se declara incompetente previsiblemente porque el artículo 38 del Estatuto, que prevé la inmunidad del presidente y atribuye competencias para juzgarlo al aún no creado Tribunal Superior de Cataluña, no tiene desarrollo posterior paralelo al del artículo 31.2. Éste último prevé la inmunidad de los diputados y se despliega en la transitoria quinta del Reglamento del Parlamento, en la que se contempla que mientras no exista el Tribunal Superior, será competente la Audiencia. El auto de incompetencia será recurrido en un plazo de cinco días por el ministerio fiscal mediante un recurso de súplica ante el mismo pleno, y subsidiaria frente de queja ante el Tribunal Supremo. Todo indica que los sucesivos recursos previsibles no se resolverán hasta dentro de un plazo mínimo de cinco o seis meses.La súplica se formalizará en el plazo de cinco días a partir de la fecha de notificación del auto. El pleno podría examinarla en el plazo posterior de una semana, pero se prevé que los magistrados reafirmen su inhibición.

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El caso llegaría así a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Éste podría adoptar dos resoluciones: reafirmarse en su propia doctrina según la cual los Plenos de las Audiencias Territoriales suplen a los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas cuando deben juzgar a los parlamentarios autónomos; o bien recabar para sí la competencia sobre el asunto de Catalana, por entender que el implicado es presidente de una comunidad autónoma, con rango superior a un diputado. Éste último parece improbable. Contra el auto del Supremo cabe otra súplica por cada una de las partes y luego un recurso ante el Tribunal Constitucional. Expertos procesalistas calculan que estos trámites culminarán en un plazo mínimo de cinco a seis meses, tiempo suficiente para que se ponga en marcha. la Ley Orgánica del Poder Judicial, desbloqueando así la creación de los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos y se les remitan los asuntos sobre parlamentarios autonómicos, que provisionalmente se están tratando en las Audiencias Territoriales.

Por otra parte, el decano del Colegio de Abogados de Barcelona, Antonio Plasencia, ha precisado que su visita al presidente de la Generalitat no fue como decano del Colegio barcelonés -que no ha torrado acuerdos al respecto- sino como presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Cataluña. La directiva del Colegio de Médicos, informa Efe, visitó ayer a Pujol para solidarizarse con él.

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