Proyecto de ley para controlar las actividades financieras de la Generalitat de Cataluña

El control financiero de las actuaciones de la Generalitat es el objetivo central del proyecto de ley del Estatuto de la Función Interventora aprobado por el Consell Executiu de la Comunidad Autónoma, que ayer fue dado a conocer públicamente por el conseller Josep María Cullell, junto con el también proyecto de ley de Regulación del Funcionamiento de las Secciones de Crédito de las Cooperativas.Estas iniciativas legales hay que añadirlas a los dos proyectos presentados el pasado innes de octubre sobre el Instituto Catalán del Crédito Agrario y Estatuto de la Erripresa Pública. Corriplet...

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El control financiero de las actuaciones de la Generalitat es el objetivo central del proyecto de ley del Estatuto de la Función Interventora aprobado por el Consell Executiu de la Comunidad Autónoma, que ayer fue dado a conocer públicamente por el conseller Josep María Cullell, junto con el también proyecto de ley de Regulación del Funcionamiento de las Secciones de Crédito de las Cooperativas.Estas iniciativas legales hay que añadirlas a los dos proyectos presentados el pasado innes de octubre sobre el Instituto Catalán del Crédito Agrario y Estatuto de la Erripresa Pública. Corripletan el paquete legislativo que en materia financiera piensa elaborar el Gobierno catalán antes de finalizar su mandato, las futuras, leyes que harán referencia a los órganos de gestión de las cajas de ahorro, Fondo de Acción Territorial e Instituto Catalán de Crédito.

El Estatuto de la Función Interventora responde al mandato contenido en la Ley de Finanzas Públicas de Catalunya y desarrolla el contenido de la función interventora. Esta función queda específicamente otorgada a la denominada Intervención General de la Administración de la Generalitat. Entre sus funciones destacan las de fiscalizar todos los actos administrativos relacionados con el reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico o que tengan repercusión financiera o patrimonial, e intervenir la totalidad de ingresos y pagos. Además, intervenir y comprobar la inversión de caudales públicos, presenciar e intervenir movimientos de caudales, artículos y efectos, asistir a las licitaciones que se celebren para la contratación de obras, gestión de servicios, arrendamientos y adquisiciones de bienes.

Cuerpo de interventores

Para el desarrollo efectivo de estas funciones la Intervención General contará con la facultad de dirigir la contabilidad de la Administración de la Generalitat, examinar, preparar y conformar las cuentas que los órganos de la Administración hayan de rendir al Tribunal de Cuentas del Reino, informar de los expedientes de modificación de créditos y exigir en relación con la contabilidad de las empresas públicas tareas de redacción de planes generales de contabilidad.La función interventora será ejecutada por el Cuerpo de Interventores de la Generalitat, cuya creación se establece en el mismo proyecto de ley. La plantilla de este cuerpo se fija en un principio en 30 personas que ejercerán sus actividades "con absoluta independencia de las autoridades y dependerán jerárquicamente y funcionalmente del interventor general de la Administración de la Generalitat". El interventor general será nombrado mediante decreto del Consell Executiu, a propuesta del conseller de Economía y Finanzas, de quien dependerá. El proyecto prevé que el acceso al Cuerpo de Interventores se realizará mediante y oposiciones y concurso de méritos.

El proyecto de ley que regulará el funcionamiento de las secciones de crédito de las cooperativas tiene como objetivo principal ordenar un aspecto del mundo cooperativo que hasta el momento sólo ha sido tratado a través de un artículo del Reglamento Estatal de Cooperativas. La nueva ley señala que corresponderá al Departamento de Economía y Finanzas la autorización para la captación de depósitos de los asociados en cuantía superior al total del capital social y reservas de las cooperativas.

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