El impuesto religioso se pagará con la declaración de la renta

El impuesto religioso podrá pagarse en España con la declaración de la renta, según los criterios expresados por el director general de lo Contencioso del Estado, José Gómez Degano, según informa Efe.En la ponencia sobre Financiación de las comunidades religiosas, que el director general presentó en los encuentros Estado, partidos políticos y confesiones religiosas, de la Escuela Asturiana de Estudios Hispánicos, se afirmaba que el actual sistema de dotaciones que en la actualidad se aplica a la Iglesia católica podría sustituirse por un impuesto añadido a la declaración de la re...

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El impuesto religioso podrá pagarse en España con la declaración de la renta, según los criterios expresados por el director general de lo Contencioso del Estado, José Gómez Degano, según informa Efe.En la ponencia sobre Financiación de las comunidades religiosas, que el director general presentó en los encuentros Estado, partidos políticos y confesiones religiosas, de la Escuela Asturiana de Estudios Hispánicos, se afirmaba que el actual sistema de dotaciones que en la actualidad se aplica a la Iglesia católica podría sustituirse por un impuesto añadido a la declaración de la renta.

Este impuesto se aplicaría a partir del tercer ejercicio de la actual legislatura y no agravará la cotización del contribuyente, ya que su cuantía se descontará de lo declarado.

En los impresos de la declaración de la renta habrá unas casillas específicas en las que el cofitribuyente podrá hacer constar la confesión religiosa o la organización social a la que desea que se dedique su aportación.

La ponencia concluye subrayando que esta forma de financiación tendrá carácter transitorio hasta que no se logre la autofinanciación anunciada por la Iglesia católica y se dé paso a otros procedimientos de colaboración económica.

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