La reforma penal favorecerá a los encartados en el proceso de la colza

La reforma parcial y urgente del Código Penal, junto con la de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, favorecerá a los presuntos implicados en la intoxicación por aceite de colza, se afirmó ayer en una conferencia de prensa convocada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de España.Uno de los articulos reformados, el 504 de la Ley de Enjuicianúento Criminal, que antes permitia llegar a la mitad de la pena tipo determinada por cada delito, reduce ahora la prisión preventiva a seis meses, pudiendo llegar excepcionalmente, a discreción del juez, hasta un límite de treinta. En el caso de que se ...

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La reforma parcial y urgente del Código Penal, junto con la de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, favorecerá a los presuntos implicados en la intoxicación por aceite de colza, se afirmó ayer en una conferencia de prensa convocada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de España.Uno de los articulos reformados, el 504 de la Ley de Enjuicianúento Criminal, que antes permitia llegar a la mitad de la pena tipo determinada por cada delito, reduce ahora la prisión preventiva a seis meses, pudiendo llegar excepcionalmente, a discreción del juez, hasta un límite de treinta. En el caso de que se aplicara esta última posibilidad, algunos de los procesados por el envenenamiento masivo podrían quedar en libertad bajo fianza el próximo mes de diciembre o en enero de 1984.

Antonio García de Pablos, presidente de ACUDE, aseguró que la nueva redacción de la ley tiene aportaciones fundamentales "que vienen a colmar lagunas inadmisibles en el Código Penal", como que no haya pena sin dolo o culpa.

Pero según García de Pablos, "a lo largo de dos años de instrucción sumarial, el Ministerio Público y las acusaciones particulares han indagado acerca de la existencia de relación causal entre conductas y resultados, sin buscar, por no exigirse entonces, la existencia de dolo o negligencia. Así, en el caso concreto del Síndrome Tóxico, habrá que demostrar ahora que hubo imprudencia".

"Por si ésto fuera poco" -declaró García de Pablos- "los encartados pueden tratar de obtener que se les aplique la ínfima pena (seis meses como máximo) del arresto mayor, que establece para la forma culposa el artículo 346 del nuevo texto -vigente a partir del próximo lunes día 17-". Según la acusación particular esta línea de defensa no debería prosperar, ya que se mantiene en vigor el artículo 348 del Código Penal, en el que se establece que, siempre que se produjera muerte por consecuencia de los hechos, el culpable incurrirá en la pena de reclusión menor. Respecto a la excarcelación de los procesados, que puede iniciarse a partir del próximo lunes, Garcia de Pablos recordó que tres de los que lograron la libertad provisional escaparon a la acción de la justicia. "Esto puede volver a ocurrir ahora".

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