La OMS considera necesidad imperiosa la denicición legal de la muerte

La definición legal de la muerte es, a juicio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), una imperiosa necesidad para evitar errores y fallos en los métodos de los diagnósticos. "La constatación de la muerte no es sólo una cuestión médica, sino que también es legal", estima la OMS en la revista Salud Mundial del mes de diciembre, cuyo número -con la portada inspirada por los dibujos de Picasso- está enteramente dedicado al tema de La vida y la muerte.En un artículo destinado a aportar una versión sobre una definición legal de la muerte, los doctores Igor Vermel y Mikael Kovale...

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La definición legal de la muerte es, a juicio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), una imperiosa necesidad para evitar errores y fallos en los métodos de los diagnósticos. "La constatación de la muerte no es sólo una cuestión médica, sino que también es legal", estima la OMS en la revista Salud Mundial del mes de diciembre, cuyo número -con la portada inspirada por los dibujos de Picasso- está enteramente dedicado al tema de La vida y la muerte.En un artículo destinado a aportar una versión sobre una definición legal de la muerte, los doctores Igor Vermel y Mikael Kovalek (URSS) constatan, en primer lugar, que "ningún código penal entrega definiciones netas del comienzo y del fin de la vida". "Los manuales de derecho criminal reconocen más la muerte como un proceso que como un acontecimiento puntual".

El problema de la determinación del momento de la muerte debe ser incorporado a las reglas legales sobre los exámenes de los cadáveres, y en esa dirección los autores del artículo se pronuncian en favor de la definición de la muerte cerebral reconocida por la OMS. Esta definición se basa en siete criterios: la ausencia completa y permanente de consciencia; ausencia permanente de respiración espontánea; ausencia de toda reaccion a los estímulos exteriores y a todo tipo de reflejos; la atonía de todos los músculos; fallo de la regulación térmica del cuerpo; el mantenimiento de la tonicidad vascular únicamente debido a la administración de analépticos vasculares; ausencia completa y permanente de la actividad eléctrica.

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