Regulado el procedimiento para declaración de invalidez
El procedimiento para la evaluación y declaración de las situaciones de invalidez, por parte de los institutos nacionales de la Seguridad Social y Servicios Sociales, ha quedado regulado por una orden ministerial publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.La orden establece la actuación a seguir para la calificación de invalidez permanente, lesiones permanentes y responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene. Una vez efectuado el dictamen final, las resoluciones podrán recurrirse ante la Jurisdicción del Trabajo.
La regulación del procedimiento ha s...
Regístrate gratis para seguir leyendo
Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
El procedimiento para la evaluación y declaración de las situaciones de invalidez, por parte de los institutos nacionales de la Seguridad Social y Servicios Sociales, ha quedado regulado por una orden ministerial publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado.La orden establece la actuación a seguir para la calificación de invalidez permanente, lesiones permanentes y responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene. Una vez efectuado el dictamen final, las resoluciones podrán recurrirse ante la Jurisdicción del Trabajo.
La regulación del procedimiento ha sido adoptada por pasar este servicio, que venían realizando las extinguidas comisiones técnicas calificadoras, a los institutos nacionales de la Seguridad Social, de la Salud y de los Servicios Sociales.
Archivado En
- Órdenes Ministeriales
- Acción protectora
- UCD
- I Legislatura España
- MTSS
- Gobierno de España
- Discapacidad
- Personas con discapacidad
- Ministerios
- Legislaturas políticas
- Seguridad Social
- Gobierno
- Normativa jurídica
- España
- Administración Estado
- Política laboral
- Partidos políticos
- Legislación
- Política
- Trabajo
- Administración pública
- Sociedad
- Justicia