El Senado "suavizará" el papel' del ministro de Defensa en el pase a la reserva

La decisión del ministro de Defensa como causa para el pase de un militar a la situación de reserva activa quedará suavizada por el Senado respecto al texto aprobado por el Congreso de los Diputados si prospera una de las cuatro enmiendas formuladas por el Grupo Centrista al proyecto de ley de creación de la reserva activa y fijación de las edades de retiro para el personal militar profesional. Las enmiendas citadas están inspiradas, según fuentes senatoriales solventes, por el Gobierno, que desea evitar cualquier duda que pueda levantar suspicacias.En el artículo 4º del proyecto de ley, según...

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La decisión del ministro de Defensa como causa para el pase de un militar a la situación de reserva activa quedará suavizada por el Senado respecto al texto aprobado por el Congreso de los Diputados si prospera una de las cuatro enmiendas formuladas por el Grupo Centrista al proyecto de ley de creación de la reserva activa y fijación de las edades de retiro para el personal militar profesional. Las enmiendas citadas están inspiradas, según fuentes senatoriales solventes, por el Gobierno, que desea evitar cualquier duda que pueda levantar suspicacias.En el artículo 4º del proyecto de ley, según el texto aprobado por el Congreso, se establecía, entre las causas del pase a la situación de reserva activa, la «decisión del ministro de Defensa, previo informe del Consejo Superior correspondiente, o de éste, previo informe de la Junta de Clasificación, en los términos que el ministro le delegue».

Ante los riesgos de versiones torcidas sobre la supuesta discrecionalidad del ministro en una materia que ha levantado fuerte oposición en sectores minoritarios, pero influyentes, de las Fuerzas Armadas, el Grupo Parlamento Centrista ha propuesto que, a continuación de la referencia al ministro de Defensa, se introduzca la frase «en los supuestos que se determinan en el artículo 71 ».

Según fuentes parlamentarias de ambas Cámaras, la frase citada es innecesaria, ya que el propio artículo 7º del proyecto de ley establece taxativamente el marco en el que deberá moverse la decisión ministerial: «Aquellos casos en que exista insuficiencia de facultades psicofísicas o profesionales» apreciada por un tribunal médico.

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