CATALUÑA

Denegada una indemnización por error judicial en el "caso Scala"

El Ministerio de Justicia ha desestimado la solicitud de indemnización formulada por María Teresa Fabres, de diecinueve años de edad y de ideario anarcosindicalista. La joven permaneció algo más de dos años en la cárcel como presunta implicada en el atentado contra la sala de fiestas Scala, de Barcelona. Fue puesta definitivamente en libertad a petición del propio ministerio fiscal, que no halló causa alguna para actuar en su contra.El pasado mes de marzo, María Teresa Fabres se dirigió al presidente del Gobierno para solicitar, en aplicación del artículo 121 de la Constitución, la correspondi...

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El Ministerio de Justicia ha desestimado la solicitud de indemnización formulada por María Teresa Fabres, de diecinueve años de edad y de ideario anarcosindicalista. La joven permaneció algo más de dos años en la cárcel como presunta implicada en el atentado contra la sala de fiestas Scala, de Barcelona. Fue puesta definitivamente en libertad a petición del propio ministerio fiscal, que no halló causa alguna para actuar en su contra.El pasado mes de marzo, María Teresa Fabres se dirigió al presidente del Gobierno para solicitar, en aplicación del artículo 121 de la Constitución, la correspondiente indemnización por los dos años pasados en la cárcel. Demandaba una cantidad no inferior a los diez millones de pesetas, en base a «daños causados por error judicial».

En su escrito al presidente del Gobierno, María Teresa Fabres formulaba reservas de acciones legales ante su posible deseo de «promover el antejuicio necesario para exigir responsabilidades al juez o magistrado que decretó mi procesamiento y prisión incondicional».

La desestimación de su petición fue comunicada a la interesada por el Ministerio de Justicia. Este órgano administrativo cita también en su respuesta el artículo 121 de la Constitución, según el cual «los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la ley». Pero el ministerio estima que «esta disposición contenida en el repetido artículo 121 ha de ser objeto del correspondiente desarrollo en una futura ley».

Por otro lado, siguen su curso procesal las diligencias previas abiertas contra cinco abogados barceloneses, defensores de los detenido del caso Scala, por la posible existencia de un presunto delito de desacato. Las diligencias contemplan el contenido de una nota de prensa, al parecer distribuida por los abogados Lluis Kratiel, Mateu Seguí, Marc Palmes, Josep M. Loperena y Jordi Olivares, en la que se citaba al antiguo juez del Juzgado Central de Instrucción número 2 y hoy magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Bermúdez de la Fuente.

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