Economía estudia la liberalización de dividendos bancarios

El Ministerio de Economía tiene previsto proponer al Consejo de Ministros en muy breve plazo la derogación del decreto Larranz, de 31 de diciembre de 1941, por el que se limitaba el dividendo a repartir por la banca al 6% de los recursos propios medios (capital más reservas). El citado decreto de posguerra, que puede considerarse como una joya arqueológica intervencionista, prometía tener un carácter «solamente transitorio». Como todo lo provisional -baste recordar a los alféreces provisionales-, esta prohibición de dar más del 6% ha estado vigente durante cuarenta años.La exposición de motivo...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El Ministerio de Economía tiene previsto proponer al Consejo de Ministros en muy breve plazo la derogación del decreto Larranz, de 31 de diciembre de 1941, por el que se limitaba el dividendo a repartir por la banca al 6% de los recursos propios medios (capital más reservas). El citado decreto de posguerra, que puede considerarse como una joya arqueológica intervencionista, prometía tener un carácter «solamente transitorio». Como todo lo provisional -baste recordar a los alféreces provisionales-, esta prohibición de dar más del 6% ha estado vigente durante cuarenta años.La exposición de motivos del decreto Larranz no tiene desperdicio: «La subsistencia de las anormales circunstancias en que viene desenvolviéndose al presente la vida financiera y crediticia del país y una prudente previsión en relación con el futuro, aconsejan el mantcnímiento de la política de intervención estatal en la materia de distribución de dividendos bancarios. Y aunque la restricción en este punto haya de ser solamente transitoria, en tanto duren las circunstancias que la imponen, procede fijar, con carácter general, las normas para su aplicación». El artículo 11 del decreto en cuestión dice, en tono posbélico, lo siguiente: «Mientras no se ordene otra cosa, la banca española no podrá repartir en efectivo dividendo activo que exceda del 6 % anual de la suma del capital desembolsado y de las reservas».

En estos momentos en que el Ministerio de Economía, que heredó estas funciones de Hacienda, se dispone a «ordenar otra cosa» existe una cierta preocupación y división de opiniones sobre la conveniencia o no de levantar la prohibicíón en plena crisis bancaria.

Determinados bancos, especialmente los que suelen, pagar más dividendo dentro de ese límite, propugnan la derogación del decreto, y están presionando para ello, pues consideran que la única vía para incrementar sus recursos propios es la de ofrecer una mayor rentabilidad.

Tratan de competir de alguna forma con las eléctricas, que premian a sus accionistas hasta con un 17% neto, o con la deuda pública, que ofrece el 12,5 de rentabilidad. Baste recordar las escasas ampliaciones bancarias realizadas en los últimos años y la difícil acogida que tuvieron algunas de ellas entre los inversores. «El cambio drástico operado en la Bosa fuerza igualmente a la liberalización de dividendos, pero -según los más temerosos- podría producirse una carrera de dividendos por captar recursos propios que, en algún caso, haría peligrar la solvencia de la entidad financiera, ya que lo que va a dividendo no va a reservas». Temen algo semejante a lo ocurrido recientemente con la liberalización de los tipos de interés en operaciones de plazo superior a un año. La carrera por la captación de depósitos llevó a algunos bancos a disparar los tipos (especialmente extratipos en cuentas a más de un año, certificados de depósito y bonos de caja).

Si no se cambia, por otra parte, esta legislación arcaica, ¿qué va a pasar -se preguntan algunos expertos- con la banca extranjera instalada en España y sometida a esta misma legislación? Una de las razones esgrimidas para retrasar la derogación es el efecto psicológico que puede producir la libertad de dividendo en plena crisis. Sin embargo, técnicos del Banco de España han declarado a EL PAÍS que «después de la circular conocida como la Pastoral, el Banco emisor puede restringir el reparto de dividendo a todos aquellos bancos que consideren que no están en condiciones de pagarlo». De hecho, el año pasado, la autoridad monetaria obligó a unos treinta bancos a reducir sus dividendos en algunos casos a cero. En este sentido, el Banco de España seguirá vigilando el correcto reparto de dividendos para impedir la carrera temida que pueda poner en cuestión la solvencia de alguna entidad financiera.

El gobernador del Banco de España, José Ramón Alvarez Rendueles, ha declarado a EL PAÍS con relación a este tema que «es partidario de continuar una política restrictiva porque es mejor asegurar la supervivencia de la entidad capitalizándola adecuadamente que descapitalizarla a base de dar dividendos que la situación de la cuenta de resultados no permite más que disminuyendo lo que va a reservas».

Archivado En