Cartas al director

La renta de los pensionistas

La declaraciones de hace unos días del señor Fernández Ordóñez, relativas a que «la reforma fiscal ha sido especialmente dura para la clase media», me hicieron pensar en lo durísima que ha sido para los sufridos pensionistas de la Seguridad Social, así como en las desagradables sorpresas que se llevarán muchos de ellos cuando hagan su obligada declaración, ciorrespondiente al pasado año, ya que, y a modo de ejemplo, un jubim lado casado, sin más ingresos que una pensión de 30.000 pesetas mensuales, más las 375 de protección a la familia, tendrá que pagar nada más y nada menos que 32.102 peseta...

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La declaraciones de hace unos días del señor Fernández Ordóñez, relativas a que «la reforma fiscal ha sido especialmente dura para la clase media», me hicieron pensar en lo durísima que ha sido para los sufridos pensionistas de la Seguridad Social, así como en las desagradables sorpresas que se llevarán muchos de ellos cuando hagan su obligada declaración, ciorrespondiente al pasado año, ya que, y a modo de ejemplo, un jubim lado casado, sin más ingresos que una pensión de 30.000 pesetas mensuales, más las 375 de protección a la familia, tendrá que pagar nada más y nada menos que 32.102 pesetas del impuesto sobre la renta, si, como parece ser, sólo se le ha retenido el 5 % a partir de julio.Reflexionando sobre ello, yo me pregunto si no será inconstitucional el precepto de la ley de Reforma Fiscal, y disposiciones que la desarrollan, que consideran como rendimiento del trabajo a las pensiones de la Seguridad Social, ya que éstas fueron concedidas en aplicación de la ley general de la Seguridad Social, cuyo artículo 22 dilpone que «las percepciones derivadas de la acción protectora de la Seguridad Social están exentas de toda contribución, impuesto, tasa o exacción parafiscal», y siendo la ley de Reforma Fiscal posterior a aquella, se priva a los pensionistas de un derecho anterior adquirido por ley, y la Constitución dice: « España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho».

Creo que si los juristas especializados ahondaran en esta cuestión, si es que no lo han hecho ya, algo se podría hacer para evitar que el pensionista del ejemplo tuviese que.pagar un importe superior al de su pensión-mensual por un impuesto del que estaba exento por ley. /

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