El Gobierno quiere impedir la fragmentación de las explotaciones familiares agrarias

El anteproyecto de estatuto de la explotación familiar agraria y de los jóvenes agricultores contempla un cambio rotundo en la legislación relativa a sucesión y transmisión generacional de bienes y patrimonios en el medio rural. El anteproyecto presentado al Gobierno establece los cauces para evitar la fragmentación de la explotación familiar y propiciar el acceso de los jóvenes agricultores a la propiedad de las mismas.

En principio, la política de cambio para la agricultura presentada en el Congreso el pasado mes de junio por el ministro Lamo, preveía dos leyes distintas: la ley de ac...

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El anteproyecto de estatuto de la explotación familiar agraria y de los jóvenes agricultores contempla un cambio rotundo en la legislación relativa a sucesión y transmisión generacional de bienes y patrimonios en el medio rural. El anteproyecto presentado al Gobierno establece los cauces para evitar la fragmentación de la explotación familiar y propiciar el acceso de los jóvenes agricultores a la propiedad de las mismas.

En principio, la política de cambio para la agricultura presentada en el Congreso el pasado mes de junio por el ministro Lamo, preveía dos leyes distintas: la ley de acceso a la propiedad de jóvenes agricultores y el estatuto de la explotación familiar agraria. Posteriormente, el Gobierno decidió refundirlos en un solo texto, al considerar que guardaban entre sí importantes concomitancias. El anteproyecto ha sido elaborado conjuntamente por los ministerios de Agricultura y Justicia, y se encuentra distribuido al Gobierno para su estudio y posterior aprobación. El texto consta de 75 artículos (agrupados en siete capítulos), una disposición adicional y otra derogatoria.La explotación familiar agraria queda definida en el anteproyecto como el conjunto de bienes y derechos organizados empresarial mente por su titular para la obtención de productos agrarios con fines de mercado y que tiene capacidad para proporcionar un nivel de vida satisfactorio a una familia.

Por tanto, las condiciones exigidas para que una propiedad pueda ser considerada como explotación familiar agraria es que sus titulares actúen con criterios empresariales y asuman los riesgos de esta actividad (la cual habrá de ocupar, como mínimo, el 50% de su tiempo laboral), y que los trabajos sean realizados por el titular y su familia personalmente. La aportación de asalariados no podrá superar, anualmente, a la familiar.

Novedades sucesorias

El anteproyecto protege la integridad de la explotación en 38 artículos. Se regulan en ellos la acreditación de una propiedad como explotación familiar, el mantenimiento de esta calificación y los derechos de adquisición preferente. En ellos es donde se hace especial hincapié en los aspectos sucesorios, que modifican sustancialmente la legalidad vigente en esta materia y colocan a la ley entre las más progresistas de Europa.Se prevé en el anteproyecto la posibilidad de que el titular pacte la sucesión con el colaborador de la explotación familiar, legitimario (cuando lo haya), o con quien sea (de no existir éste), y las condiciones del pacto.

Se contemplan, igualmente, las distintas formas sucesorias, que podrán ser por: testamento mancomunado (los cónyuges, de mutuo acuerdo, podrán ordenar la sucesión de la explotación en su integridad): testamento por comisario, (el usufructo de la explotación correspondería a uno de los cónyuges), y sucesión intestada (la explotación se atribuiría íntegramente al heredero legítimo más próximo que la pretenda).

El anteproyecto concreta la obligatoriedad del nuevo sucesor de subvenir a las necesidades (alimentos y educación) de otros descendientes menores de edad o incapacitados del anterior titular, así como de compensar económicamente a todos aquellos colaboradores que hayan dedicado su actividad a la explotación.

La modernización y el desarrollo de este tipo de explotaciones dará opción a una serie de beneficios y ayudas, siempre que sus propietarios se comprometan a desarrollar un plan, a llevar una contabilidad de gestión y a perfeccionar su preparación profesional.

Finalmente, relativo al acceso de los jóvenes agricultores, el texto contempla ayudas para colaboradores de explotaciones familiares menores de 35 años, encaminadas a facilitarles el acceso a los medios de producción, fomentar su arraigo en el sector agrario y la mejora de las producciones. Estas ayudas pueden ser exenciones fiscales, facilidades crediticias oficiales o reducción de aranceles en actuaciones de notarios o registradores respecto a las explotaciones.

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